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Delegacion de Funciones - Decreto 790/19

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12
Delegacion de Funciones


DECRETO Nº 790/19

TIGRE,   24 de mayo de 2019.-

VISTO:

El artículo 181 del Decreto Ley 6769/58 "Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires" y el Decreto 2150/18, y,
 
CONSIDERANDO:

Que por el artículo mencionado en el VISTO, la Ley Orgánica de las Municipales determina que "Los Intendentes Municipales podrán delegar, por resolución expresa, el ejercicio de facultades propias en los secretarios, según la competencia que a ellos corresponda".

Que por Decreto 551/17 se delegaron en Secretaría de Gobierno dictar los actos administrativos relacionados con:

1. Registro de los DECRETOS, RESOLUCIONES Y COMUNICACIONES, que el Honorable Concejo Deliberante remita al Departamento Ejecutivo, debiendo disponer en el mismo acto el cursograma a seguir.
2. Registro de contratos y convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo, conforme Decreto 981/02.

Que atento los cambios efectuados en el organigrama de este Departamento Ejecutivo y el "Reglamento de Misiones y Funciones" puesto en vigencia por Decretos 780/19 y 781/19, la aplicación de las Ordenanzas 844/88 y 2161/99, que rigen las actividades en el Mercado de Frutos de Tigre y Estación Fluvial "Domingo Faustino Sarmiento", pasaron de Secretaría de Gobierno a Secretaría de Participación y Relaciones con la Comunidad.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.- Delégase, en el marco del artículo 181 del Decreto Ley 6769/58 "Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires", en la Secretaría de Participación y Relaciones con la Comunidad, dictar los actos administrativos relacionados con la aplicación de las Ordenanzas 844/88 y 2161/99, que rigen las actividades en el Mercado de Frutos de Tigre y Estación Fluvial "Domingo Faustino Sarmiento", sus reglamentos y normas complementarias, vigentes o que se dicten en el futuro relacionados con los sectores antes mencionados.

ARTÍCULO 2.- Derógase el Decreto 2294/18.-

ARTÍCULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario General y de Economía.

ARTÍCULO 4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Participación y Relaciones con la Comunidad. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre.

 


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Cdor.
Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
DECRETO N° 790/19