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Tasas Municipales - Resolucion 2393/19

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales 


RESOLUCION Nº 2393/19

TIGRE, 10 de septiembre de 2019.-

VISTO:

El expediente 4112-0026847/19 del registro de este Municipio, la Ordenanza 3651/18 "Ordenanza Fiscal para el ejercicio financiero año 2019", el Decreto 2229/18 y el Decreto Ley 6769/58 "Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires", y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el VISTO la Subsecretaría de Programación y Fiscalización Tributaria propone a fs. 4 elevar, a partir del 15 de septiembre de 2019, del 36% anual (Resolución 40/19) al 48% anual, el interés resarcitorio por mora sobre la totalidad de los tributos establecidos en la Ordenanza 3651/18 "Ordenanza Fiscal para el ejercicio financiero año 2019", cuyo Art. 86 faculta al Departamento Ejecutivo a poner en vigencia este incremento.

Que a efectos de mayor abundamiento se transcribe a continuación el Art. 86 de la Ordenanza 3651/18:

ARTÍCULO 86: Facúltase al Departamento Ejecutivo, a liquidar en concepto de intereses por mora sobre la totalidad de los tributos establecidos por la presente Ordenanza, la Ordenanza Impositiva anual, o cualquier otra sometida a su régimen; un interés equivalente hasta el treinta y seis por ciento anual (36%), en concepto de intereses resarcitorios. El cual se computará desde la fecha del vencimiento de la respectiva obligación hasta el día del efectivo pago, computándose como mes entero las fracciones de mes.
La Tasa de interés precedentemente señalada podrá ser incrementada en hasta un cuarenta y ocho por ciento anual (48%), en la medida que las condiciones macro económicas generales, así lo aconsejen.
Dicho aumento, deberá realizarse mediante Decreto dictado a tal efecto por el Departamento Ejecutivo, previo informe fundado de la Secretaría con incumbencia tributaria.

Que la propuesta antes mencionada se funda en los argumentos expuestos en informe de fs. 4, que seguidamente se transcriben: "...se han producido cambios en el contexto macroeconómico que son de público conocimiento, que generan situaciones de desigualdad respecto a aquellos contribuyentes que cumplen en término el pago de sus obligaciones tributarias con el Municipio. Asimismo, en busca de lograr un equilibrio fiscal municipal se tenderá a seguir estimulando la cancelación en término de las obligaciones tributarias, evitando que los contribuyentes morosos financien sus actividades con tributos Municipales".

Que a fs. 5 esta Secretaría General y de Economía comparte en un todo el informe técnico y propuesta producido a fs. 4 por la Subsecretaría de Programación y Fiscalización Tributaria.

Por ello, el Secretario General y de Economía, en uso de facultades de Departamento Ejecutivo municipal delegadas por Decreto 2229/18

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Fijese, a partir del 15 de septiembre de 2019, en cuarenta y ocho por ciento anual (48%) el interés resarcitorio establecido en el Artículo 86, aplicable por sobre la totalidad de los tributos establecidos en la Ordenanza Fiscal, la Ordenanza Impositiva y cualquier otra sometida a su régimen.

ARTÍCULO 2.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por las Subsecretaria de Programación y Fiscalización, de la Secretaría General y de Economía.
 

 

 

Firmado: Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
RESOLUCIÓN N° 2393/19