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Orden Interno Decreto 157/20

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno


DECRETO Nº 157/20

TIGRE,  11 de febrero de 2020.-

VISTO:
               La Ley Nacional 27499 -Ley Micaela- y la Ley Provincial 15134, y,
 
CONSIDERANDO:

               Que la ley nacional mencionada en el visto, establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

                 Que asimismo, en el marco de la Ley Nacional precedentemente mencionada,  el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, dispuso idéntica obligatoriedad a través de la Ley 15134,  respecto a la capacitación para todas las personas que se desempeñen en el ámbito de los tres poderes del estado provincial.

                 Que el artículo 11 de la ley ut supra mencionada invita a adherir a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.

                  Que este Municipio lleva adelante programas con relación a temáticas de género, con amplio abanico de proyectos por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Social y Políticas de Inclusión, que cuenta en su estructura orgánica con la Subsecretaría de Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidades.

Que adherir a estas leyes para su plena vigencia en el ámbito del Municipio de Tigre, resulta complementario y concordante con los programas antes mencionados.

Que atento encontrarse el Honorable Concejo Deliberante en periodo de receso, resulta procedente que la adhesión se efectúe por Decreto, ad referéndum de la convalidación Deliberativa, en cumplimiento del artículo 41 del el Decreto Ley 6769/58 "Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires".

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.- Adhiérese la Municipalidad de Tigre, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, a la Ley provincial 15134 y a la Ley nacional 27499, denominada Ley Micaela, de capacitación obligatoria en género para todas las personas que prestan funciones en este Municipio.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno, el señor General y de Economía y la señora Secretaria de Desarrollo Social y Políticas de Inclusión.

ARTÍCULO 3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Desarrollo Social y Políticas de Inclusión en forma coordinada con la Subsecretaría de Recursos Humanos. Elévese al Honorable Concejo Deliberante.

 


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal.
Dr. Mario Alberto Zamora, Secretario de Gobierno
Lic. Cecilia Alejandra Ferreira, Secretaria de Desarrollo Social y Políticas de Inclusión
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
DECRETO N° 157/20