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Delegación de Funciones Decreto 804/20

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12
DELEGACION DE FUNCIONES


DECRETO N° 804/20

TIGRE, 15 de julio de 2020.-

VISTO

Los artículos 181 y 191 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, sobre facultades de delegación de funciones en las Secretarías del Departamento Ejecutivo, y,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 183 del mencionado Decreto Ley establece: “El Intendente podrá autorizar por resolución al Secretario de Hacienda o al que ejerza sus atribuciones, un extensor de órdenes de compras y pagos que no excedan del monto establecido por el artículo 151 para los concursos de precios, quién debe suscribirlas juntamente con el Contador y el Tesorero y cumpliendo las exigencias que para la materia fija la presente ley ”

Que resulta conveniente poner en vigencia la delegación de funciones antes expuesta, a los efectos de facilitar el desenvolvimiento administrativo agilizando la emisión de órdenes de compra y pago.

Asimismo, en función de las facultades otorgadas por el artículo 191 del mencionado Decreto Ley, autorizar la suscripción de cheques en conjunto con el Tesorero Municipal.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

 

ARTICULO_1 .- Delegar en el Secretario de Economía y Hacienda a partir de la fecha del presente, la facultad de emisión ÓRDENES DE COMPRAS y ÓRDENES DE PAGO, que no exceda el monto establecido en el artículo 151 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires ”, para concursos de precios.

ARTÍCULO 2.- El ejercicio de la facultad delegada por el artículo anterior deberá efectuarse mediante la firma conjunta con el Contador y Tesorero Municipal, cumpliendo las exigencias que al respecto fija el Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires".

ARTÍCULO 3.- Autorizase a partir de la fecha del presente, al señor Secretario de Economía y Hacienda, a suscribir los cheques en forma conjunta con el Tesorero Municipal, conforme a las prescripciones del artículo 191 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires ".

ARTICULO 4.- Derógase el Decreto 760/2020.

ARTÍCULO 5. - Entrega el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno y el señor Secretario General, Obras y Servicios Públicos.

ARTICULO_6.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda, Tesorería Municipal y Contaduría Municipal.

 

 

Firmado: Dr. Julio César Zamora, Intendente Municipal.

Pedro Fernando Heyde, Secretario General, Obras y Servicios Públicos

Dr. Mario Alberto Zamora, Secretario de Gobierno

DECRETO N ° 804/20