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Salud Decreto 848/20

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S1
SALUD


DECRETO N° 848/20

TIGRE, 3 de agosto de 2020

VISTO

El expediente 4112-0033746-2020 del registro de esta Municipalidad, los Decretos de Necesidad y Urgencia N ° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, N ° 325 de fecha 31 de marzo de 2020, N ° 355 de fecha 11 de abril de 2020, N ° 459 de fecha 10 de mayo de 2020, N ° 493 del 24 de mayo de 2020, N ° 520 del 7 de junio de 2020, N ° 576 del 29 de junio de 2020, N ° 605 del 18 de julio de 2020, N ° 641 del 2 de agosto de 2020 y los Decretos Municipales N ° 337 de fecha 20 de marzo de 2020 y N ° 358 del 31 de marzo de 2020, N ° 441 del 13 de abril de 2020, N ° 529 del 28 de abril de 2020, N ° 545 del 11 de mayo de 2020, N ° 593 del 26 de mayo de 2020, N ° 666 de fecha 8 de junio de 2020, N ° 751 del 29 de junio de 2020, N ° 813 del 20 de julio de 2020, y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita el compilado de decretos que se han dictado en virtud de la pandemia de COVID-19, que azota a nuestro país

Que el DNU N° 297/2020, dispuso la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo de 2020.

Que la norma mencionada reguló la forma en que las personas debían cumplimentar el aislamiento mencionado y estableció en forma específica la obligación de efectuar el aislamiento y asimismo detalló en su artículo 6° las excepciones al aislamiento.

Que este municipio adhirió mediante el Decreto N° 337/20 a todas las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional frente a la pandemia del COVID-19.

Que frente al rápido desarrollo de la enfermedad a nivel internacional y al avance constante a nivel nacional de la pandemia, el Poder Ejecutivo dictó los DNU N° 32520, DNU N° 355/20, DNU N° 408/20, DNU N° 459/20, DNU N° 493/20, DNU N° 520/20, DNU N° 576/20 y DNU N° 605/20 sucesivas prorrogas al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, estableciéndose su vigencia hasta el día 2 de agosto de 2020 inclusive, a fin de seguir conteniendo el avance de la enfermedad y proteger la salud pública de toda la población.

Que este Municipio adhirió sucesivamente a cada prórroga dispuesta, siendo el Decreto Municipal N° 813/20, el correspondiente a la última dilación.

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 641 del 2 de agosto de 2020, se prorrogó hasta el 16 de agosto de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1.- Adhiérase al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 641/2020 que prorroga el "aislamiento social, preventivo y obligatorio" hasta el día 16 de agosto de 2020 inclusive, con los alcances allí dispuestos.

ARTÍCULO 2.- Elévese a conocimiento del Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 3°.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 4°.- Dése al Registro Municipal de Normas. Comuníquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por las distintas Secretarías.

 

 

Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal.

Pedro Fernando Heyde, Secretario General, Obras y Servicios Públicos

Dr. Mario Alberto Zamora, Secretario de Gobierno

Eduardo Gabriel Feijoo, Secretario de Protección Ciudadana

Dr. Fernando Andrés Abramzon, Secretario de Salud

Lic. Cecilia Alejandra Ferreira, Secretaria de Desarrollo Social y Políticas de Inclusión

Dr. Emiliano Mansilla, Secretario de Desarrollo Económico y Relaciones con la Comunidad

Cr. Aníbal Gustavo Mastroianni, Secretario de Economía y Hacienda

DECRETO N ° 848/20