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Tasas Inmobiliarias Decreto 2505/21

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Inmobiliarias


DECRETO Nº 2505/21

TIGRE, 30 de diciembre de 2021


VISTO:

La Ordenanza N° 3867/21 "Ordenanza Fiscal año 2022", la Ordenanza N° 3868/21 "Ordenanza Impositiva año 2022", el Decreto N° 1995/09, y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1995/09, con la modificación introducida por Decreto N° 51/14, se puso en vigencia desde el ejercicio 2010 un sistema de estímulo e incentivo al cumplimiento del pago de la Tasa de Servicios Municipales, consistente en el sorteo de un premio mensual entre los contribuyentes de la mencionada Tasa que no registren deuda al cierre de cada mes calendario anterior.

Que el artículo 3° del Decreto N° 1995/08, según texto introducido por Decreto N° 51/14, cuando se refiere a Secretaría de Ingresos Públicos, hoy corresponde a Secretaría de Economía y Hacienda por cambio de denominaciones de dependencias de este Departamento Ejecutivo.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita que el Decreto N° 1995/08 se ponga en vigencia para el año 2021, tal como se hizo por Decreto N° 269/11 para año 2011, por Decreto N° 60/12 para el año 2012, por Decreto N° 8/13 para el año 2013, por Decreto N° 51/14 para el año 2014, por Decreto N° 87/15 para el año 2015, por Decreto N° 27/16 para el año 2016, por Decreto N° 2100/16 para el año 2017, por Decreto N° 76/18 para el año 2018, por Decreto N° 21/19 para el año 2019, por Decreto N° 2006/20 para el año 2020 y por Decreto N° 1589/20 para el año 2021.

Que lo solicitado por la Secretaría de Economía y Hacienda se enmarca en las facultades concedidas a este Departamento Ejecutivo por el artículo 51 de la Ordenanza N° 3867/21 "Ordenanza Fiscal año 2022", que seguidamente se transcribe:

ARTÍCULO 51: Facúltase al Departamento Ejecutivo a la implementación de sistemas y/o programas de estímulos e incentivación a los contribuyentes para el cumplimiento en tiempo y forma de los pagos de las tasas mencionadas en la presente Ordenanza, como así también en todas aquellas de materia tributaria.
El Departamento Ejecutivo dictará por acto administrativo la reglamentación necesaria para la implementación del mencionado sistema, con sujeción a términos, condiciones, y demás requisitos legales que se requieran.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 51 de la Ordenanza N° 3867/21 “Ordenanza Fiscal 2022”,

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1.- Pónese en vigencia para el año 2022 el Decreto N° 1995/09, con las modificaciones introducidas por artículo 2° del Decreto N° 51/14.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario General, Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal.
Pedro Fernando Heyde, Secretario General, Obras y Servicios Públicos
Cr. Aníbal Gustavo Mastroianni, Secretario de Economía y Hacienda
DECRETO N° 2505/21