MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14
Terrenos Privados
RESOLUCION 2927/08
Modificada por Resolución 1916/09
TIGRE, 24 de noviembre de 2008
VISTO:
El informe dando cuenta de la existencia de predios en estado de abandono y con deuda, comprendidos en la Ordenanza 472/64, y,
CONSIDERANDO:
Que además de tratarse de un caso de aplicación de la mencionada Ordenanza, la toma de posesión resulta imperativa a los efectos de preservar condiciones de seguridad y salubridad pública.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93
RESUELVE
ARTICULO 1.- Tómase posesión inmediata, en el marco de la Ordenanza 472/64, del predio identificado catastralmente como Circunscripción IV, Sección F, Manzana 175, Parcela 17, cuenta municipal 7819000.
ARTICULO 2.- Prosígase el trámite dispuesto en el inciso III del Art. 1º del Decreto 1382/95, conforme al siguiente detalle:
1. Por Patrimonio cúmplase los subincisos 1 y 2.
2. Remítase copia a Tasas Inmobiliarias a efectos de cumplir el subinciso 3.
3. Remítase copia a la Delegación Municipal de Dique Luján, a efectos de cumplir el subinciso 4 y ejecutar todos los actos previstos en la Ordenanza 472/64 y asegurar el cumplimiento de la Ordenanza 672/88.
ARTICULO 3.- Encomiéndase al escribano público Eduardo Adolfo Leber la suscripción del acta de constatación exigida por la Ordenanza 472/64.
ARTICULO 4.- Desígnase en el marco del Art. 178 inciso 3, del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, cuidadores honorarios para ejercer las obligaciones municipales emergentes de la Resolución 405/05 y de la Ordenanza 472/64, bajo supervisión y responsabilidad de la Delegación Municipal de Dique Luján, al Sr. Leonardo Abel Bernígola, DNI 28.307.117, y la Sra. Sandra Mariela Rehermann Viera, DNI 34.396.942.
ARTICULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Tomen conocimiento el Área Tasas Inmobiliarias, Verificación Impositiva. Intervenga Área Patrimonio. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Dique Luján, quien oportunamente cumplirá con el Art.5º de la Ordenanza 472/64.
Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 2927/08