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Publicidad - Resolucion 2515/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P5
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RESOLUCION 2515/04

Convalidada por Decreto 2223/04.-

TIGRE, 28 de octubre de 2004.-

VISTO:

Que por Ordenanza 2290/00 se autorizó al Departamento Ejecutivo a constituir un Consorcio en los términos del artículo 43 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, conforme al espíritu del acta acuerdo suscrita el 28 de julio de 2000 por el Departamento Ejecutivo y las empresas NORDELTA S.A., SAN ISIDRO AGROPECUARIA S.A., TALAR DEL LAGO S.A., LAGUNA DEL SOL S.A. y EIDICO S.A., destinado a la constitución de un Consorcio pavimentador del corredor vial Bancalari – Benavidez, declarado de Interés Municipal por Decreto 1423/97, y,

CONSIDERANDO:

Que de dicho camino fue ejecutada e inaugurada una etapa que comporta solo una de las dos cintas asfálticas, provisoriamente usada en ambos sentidos de circulación, siendo necesario que hasta la concreción de la obra definitiva, no se permita publicidad a lo largo de su traza, a efectos de preservar medidas de seguridad.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Prohíbese toda publicidad en el camino Bancalari – Benavidez, por los motivos expuestos precedentemente, hasta el dictado de la reglamentación definitiva una vez ejecutada y habilitada la obra vial en su integridad.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito. Tome conocimiento la Dirección General de Habilitaciones de Comercios  y Dirección Tasas de Industrias y Comercios.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 2515/04