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Alquileres - Ordenanza 2627/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A15
ALQUILERES


ORDENANZA 2627/04
CORRESPONDE EXPTE. 4112-11.523/04; HCD-173/04
TIGRE, 25 de noviembre de 2004.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2627/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 23 de noviembre de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el Decreto 1788/04, mediante el cual se reconoció de legítimo pago la deuda reclamada por la empresa Aguas Argentinas S.A., conforme al detalle que seguidamente se transcribe, correspondiente al inmueble propiedad de la Fundación Agustín M. García, ubicado en calle Liniers Nº  1601, Tigre, durante el periodo de vigencia de los contratos de locación celebrados entre Municipalidad y dicha fundación, con el objeto de arrendar el predio a favor del Consejo Escolar de Tigre, haciendo expresa reserva de reclamar ante la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires:

AÑO MONTO PARTIDA
1999 460,23 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2000 2.404,83 1.4.16.1.1.2.06 Gastos por servicios públicos
2001 1.000,00 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2001 1.000,00 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2001 1.075,61 1.1.09.1.1.3.05 Gastos por servicios públicos
2002 3.960,99 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2003 2.000,00 1.4.16.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2003 994,71 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2004 2.761,50 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 23 de noviembre de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2627/04.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Contaduría Municipal.
O882-1a
B394                 

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 2031/04

CORRESPONDE EXPTE. 4112-11.523/04

TIGRE, 15 de octubre de 2004.-

VISTO:
as presentes actuaciones por las cuales la FUNDACIÓN AGUSTÍN M. GARCÍA, reclama el pago de la deuda generada ante la empresa Aguas Argentinas S.A., por el suministro efectuado en el sector arrendado por esta Municipalidad a dicha Fundación, para funcionamiento del Consejo Escolar de Tigre, conforme la documentación obrante en el expediente 4112-11.523/04, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido a fs. 39 por la Asesoría Letrada, determinando que  “.... Esta Asesoría advierte que la relación jurídica involucra al Municipio en calidad de locatario, resultando una de sus obligaciones la satisfacción de los servicios utilizados en el predio”.
Que atento lo antes expuesto corresponde reconocer como legítima la deuda reclamada, en el marco del artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, advirtiendo que corresponderá hacer reserva de reclamar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, atento que el usuario real resulta el Consejo Escolar de Tigre, dependencia de dicha Dirección General.
Que tal como lo recomienda el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en su Resolución del 25 de abril de 2001, corresponde adoptar las medidas necesarias para el pago en término de las facturas de servicios, evitando los consabidos recargos, criterio que aplicado al presente caso torna procedente el reconocimiento de la deuda y su cancelación, mediante Decreto ad referéndum de la convalidación del Departamento Deliberativo.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.-  Reconócese, ad referendum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, de legítimo pago la deuda reclamada por la empresa Aguas Argentinas S.A., conforme al detalle que seguidamente se transcribe, correspondiente al inmueble propiedad de la Fundación Agustín M. García, ubicado en calle Liniers Nº  1601, Tigre, durante el periodo de vigencia de los contratos de locación celebrados entre Municipalidad y dicha fundación, con el objeto de arrendar el predio a favor del Consejo Escolar de Tigre, haciendo expresa reserva de reclamar ante la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires:

AÑO MONTO PARTIDA
1999 460,23 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2000 2.404,83 1.4.16.1.1.2.06 Gastos por servicios públicos
2001 1.000,00 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2001 1.000,00 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2001 1.075,61 1.1.09.1.1.3.05 Gastos por servicios públicos
2002 3.960,99 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2003 2.000,00 1.4.16.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2003 994,71 1.1.08.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos
2004 2.761,50 1.1.01.1.1.2.05 Gastos por servicios públicos

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Contaduría Municipal, adopte las providencias necesarias para  la cancelación de la deuda objeto del artículo anterior.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y cúmplase por la contaduría Municipal. Elévese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.
DGD
LRT
D1319
141004   

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 1788/04