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Artesanos - Decreto 650/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A18
ARTESANOS


DECRETO 650/02

TIGRE, 5 de julio de 2002.-
VISTO:

La propuesta vecinal y de la Delegación Municipal de Benavidez, de autorizar el funcionamiento de una feria artesanal, los días sábados, domingos y feriados, en aceras de la Plaza San Martín, ubicada entre las calles Ituzaingó, Alvear, Jujuy y Belgrano, de Benavidez, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo la propuesta, autorizando el funcionamiento provisorio a los efectos de evaluar la conveniencia y procedencia de su habilitación definitiva.

Que la “FERIA ARTESANAL del Partido de Tigre” fue instituida por Ordenanza 347/86, cuyo artículo 3º establece que el Departamento Ejecutivo reglamentará los aspectos internos de funcionamiento.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Autorízase el uso de la vía pública, los días sábados, domingos y feriados, en veredas de la Plaza San Martín, ubicada entre las calles Ituzaingó, Alvear, Jujuy y Belgrano, de Benavidez, para funcionamiento de una FERIA ARTESANAL, que se regirá, en general, por la Ordenanza 347/86 y en particular por los lineamientos que seguidamente se detallan:

a) Funcionará bajo supervisión de la Delegación Municipal de Benavidez, con carácter provisorio y a los efectos de evaluar su procedencia y conveniencia.
b) Superficie para cada artesano: 3 metros.
c) Cantidad máxima de artesanos: 30.-
d) Asignación particular de espacios: por sorteo.
e) Elementos a utilizar: una mesa o exhibidor, hasta tres sillas y una sombrilla.

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Delegación Municipal de Benavidez, la verificación del correcto uso de la vía pública y demás aspectos relacionados con la autorización antes concedida, elevando a Secretaría de Gobierno las propuestas que correspondieren.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal del Partido de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Benavidez. Intervenga la Dirección General de Cultura y Museos.

D1009-2
B301

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 650/02