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Arrendamientos - Ordenanza 2614/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A21
ARRENDAMIENTOS BIENES MUNICIPALES


ORDENANZA 2614/04
CORRESPONDE EXPTE. 4112-32.149/82; HCD-191/01

TIGRE, 16 de septiembre de 2004.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2614/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 14 de septiembre de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a prorrogar por tres años, a favor de la firma PUENTE VANGUARDIA S.A., el contrato objeto de la Ordenanza 1097/90, incorporándose a las exigencias del mismo la obligación de ejecutar a su costo, el proyecto constructivo obrante a fs. 262 del expediente 4112-32.149/81, las obras realizadas hasta el presente como las futuras incorporaciones, las que integrarán el patrimonio municipal, y la obligación de prestar en forma permanente los servicios de baños públicos.

ARTICULO 2.- Fíjase para el período de renovación objeto de la presente Ordenanza, un canon mensual por arrendamiento, de pesos dos mil ($ 2.000,00). Facúltase al Departamento Ejecutivo a ajustar el monto del canon conforme a los índices correspondiente.

ARTICULO 3.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que en la prórroga del contrato de concesión se mantengan las exigencias establecidas por la Ordenanza 1097/90, incorporando las aprobadas por esta Ordenanza, y consignando que la desatención o deficiente atención del servicio de baños públicos, es causal de rescisión del contrato en cuestión.

ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo para otorgar los plazos necesarios para la concreción de las mejoras propuestas por la empresa.

ARTICULO_5.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 14 de septiembre de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2614/04.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Por la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales elabórese el cronograma de obra y por la Asesoría Letrada confecciónese el contrato de concesión. Tome conocimiento Área Patrimonio y Contaduría Municipal.

O878
B387

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 1655/04