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Arrendamientos - Decreto 3057/85

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A21
Arrendamiento


TEXTO COMPLETO DE DECRETO 3057/85

TIGRE, 14 de agosto de 1985

VISTO

El informe producido por la Secretaria de Gobierno dando cuenta de la necesidad de establecer que obligatoriamente todo postulante a ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes municipales, públicos o privados, debe encontrarse al ida con el pago de los tributos municipales, cualquiera fuera su concepto, y,

CONSIDERANDO

Que tal obligación tiene por finalidad establecer un principio de justicia, ya que no debe ser titular de un beneficio de este tipo quien esta en deuda con la Municipalidad y por ende en deuda con la comunidad.
Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo este criterio y  aprueba la iniciativa presentada por la Secretaria de Gobierno.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.-  A partir de la fecha del presente Decreto ninguna persona física o jurídica, podrá ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes públicos o privados del municipio, si registrase deuda de tributos municipales, cualquiera fuere el concepto de los mismos.

ARTICULO 2.-  Encomiéndase a las dependencias municipales correspondientes, que tanto en los pliegos de bases y condiciones de concesiones o arrendamientos y en las normas que adjudiquen las mismas, se establezca una cláusula que determine que si el titular de la concesión o arrendamiento se constituyera en deudor de tributos municipales, el Departamento Ejecutivo podrá disponer la caducidad de la concesión o arrendamiento.

ARTICULO 3.-  Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 4.-  Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales. Por la Dirección de Rentas de la Secretaria de Economía y Hacienda adóptense las providencias necesarias para suministrar información sobre deudas en las solicitudes de concesiones o arrendamientos. Por la Dirección de Despacho General remítase copia del presente a la Subsecretaria de Sistemas y Métodos.

DECRETO 3057/85