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Becas - Decreto 858/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto B5
BECAS


DECRETO 858/06
CORRESPONDE EXPTE. 4112-14.554/04

TIGRE, 6 de abril de 2006.-

VISTO:

Que por el artículo 2º del Decreto 1922/04 se creó el “PROGRAMA DE BECAS CAPACITACIÓN EN COMEDORES ESCOLARES”, consistente en la asignación de la suma de pesos trescientos ($ 300,00) mensuales, destinado al personal docente de los establecimientos escolares del Partido de Tigre, que se capacite en forma efectiva sobre el cumplimiento de los objetivos del convenio aprobado por el artículo anterior, y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Relaciones Comunitarias informa las que corresponde conceder para el ejercicio fiscal 2006, para la continuidad de las prestaciones dentro del respectivo programa.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.- Concédese las siguientes Becas del “Programa de Becas Capacitación en Comedores Escolares”, creado por el artículo 2º del Decreto 1922/04, a partir del 1º de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, al personal directivo de los establecimientos que seguidamente se detallan:

Inc.     ESCUELA              CARGO                NOMBRE Y APELLIDO      DOCUMENTO
1         EGB Nº 25             Vicedirectora      Carmen Elías                     DNI 06.424.618
2         EGB Nº 28             Directora             Sandra Lambiase             DNI 16.639.049
3         EGB Nº 32             Vicedirectora      Alicia C. Ortega                  DNI 12.546.950
4         EGB Nº 53             Vicedirectora      Susana Nemi                     DNI 14.112.160
5         E.G.B. Nº 32          Directora             Estela Riva                          DNI 16.057.595
6         E.G.B. Nº 28          Vicedirectora      Mirta Susana Recarte       DNI 11.445.579
7         Polimodal Nº 53   Directora            Claudia Romero                 DNI 18.281.124

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará en el Presupuesto de Gastos 2005, conforme el siguiente detalle:

JURISDICCIÓN: 1.1.1.01.01.000
CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 01.00.01
UNIDAD EJECUTORA: 100 Secretaría de Gobierno
DESTINO U OFICINA SOLICITANTE: Dirección General de Relaciones Comunitarias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 1.1.0.
GASTO OBJETO DEL GASTO: 5.1.3.
DENOMINACIÓN: Becas
DURACIÓN DEL BENEFICIO: año 2006
COSTO MENSUAL: $ 2.100,00

ARTICULO_3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Relaciones Comunitarias. Cúmplase por la Contaduría Municipal.

D1327-5
B444                  

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 858/06