MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto B5
BECAS
DECRETO 1085/07
CORRESPONDE EXPTE. 4112-14.554/04
TIGRE, 17 de abril de 2007.-
VISTO:
Que por el artículo 2º del Decreto 1922/04 se creó el “PROGRAMA DE BECAS CAPACITACIÓN EN COMEDORES ESCOLARES”, consistente en la asignación de la suma de pesos trescientos ($ 300,00) mensuales, destinado al personal docente de los establecimientos escolares del Partido de Tigre, que se capacite en forma efectiva sobre el cumplimiento de los objetivos del convenio aprobado por el artículo anterior, y,
CONSIDERANDO:
Que la Oficina Coordinadora Área Juventud informa las que corresponde conceder en el ejercicio fiscal 2007, para la continuidad de las prestaciones dentro del respectivo programa.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Concédese las siguientes Becas del “Programa de Becas Capacitación en Comedores Escolares”, creado por el artículo 2º del Decreto 1922/04, a partir del 1º de abril de 2007 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, al personal directivo de los establecimientos que seguidamente se detallan:
Inc. ESCUELA CARGO NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO
1 EGB Nº 25 Vicedirectora Carmen Elías DNI 06.424.618
2 EGB Nº 28 Directora Sandra Lambiase DNI 16.639.049
3 EGB Nº 32 Vicedirectora Alicia C. Ortega DNI 12.546.950
4 EGB Nº 53 Vicedirectora Susana Nemi DNI 14.112.160
5 E.G.B. Nº 32 Directora Estela Riva DNI 16.057.595
6 E.G.B. Nº 28 Vicedirectora Mirta Susana Recarte DNI 11.445.579
7 Polimodal Nº 53 Directora Claudia Romero DNI 18.281.124
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará en el Presupuesto de Gastos 2007, conforme el siguiente detalle:
JURISDICCIÓN: 1.1.1.01.01.000
CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 42.01.01
UNIDAD EJECUTORA: 197
DESTINO U OFICINA SOLICITANTE: Programa Juventud
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 1.1.0.
GASTO OBJETO DEL GASTO: 5.1.3.
DENOMINACIÓN: Becas
DURACIÓN DEL BENEFICIO: abril a diciembre de 2007
COSTO MENSUAL: $ 2.100,00
ARTICULO_3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.
ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Relaciones Comunitarias. Cúmplase por la Contaduría Municipal.
D1327-7
B479
Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1085/07