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Becas - Decreto 2699/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto B5
BECAS


DECRETO 2699/05
CORRESPONDE EXPTE. 4112-14.554/04

TIGRE,   23 de diciembre de 2005.-
VISTO:

Que por Decreto 1922/04  se registró y se puso en vigencia el convenio de colaboración sobre COMEDORES ESCOLARES, celebrado el 29 de octubre de 2004, con el Consejo Escolar de Tigre, creándose por el artículo 2º de dicha norma el “PROGRAMA DE BECAS CAPACITACIÓN EN COMEDORES ESCOLARES”, con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2004, consistente en la asignación de la suma de pesos trescientos ($ 300,00) mensuales, destinado al personal docente de los establecimientos escolares del Partido de Tigre, que se capacite en forma efectiva sobre el cumplimiento de los objetivos del convenio aprobado por el artículo anterior, y,

CONSIDERANDO:

Que dicho programa se materializó mediante la asignación de becas por decretos 1922/04, 2052/04, 76/05, con vigencia hasta el 31º de diciembre de 2005, conforme al siguiente detalle:

Inc. ESCUELA CARGO NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO
1 EGB Nº 25 Vicedirectora Carmen Elías DNI 06.424.618
2 EGB Nº 28 Directora Sandra Lambiase DNI 16.639.049
3 EGB Nº 32 Vicedirectora Alicia C. Ortega DNI 12.546.950
4 EGB Nº 53 Vicedirectora Susana Nemi DNI 14.112.160
5 E.G.B. Nº 32 Directora Estela Riva DNI 16.057.595
6 E.G.B. Nº 28 Vicedirectora Mirta Susana Recarte DNI 11.445.579
7 Polimodal Nº 53 Directora Claudia Romero DNI 18.281.124

Que a fs. 31 la Dirección General de Relaciones Comunitarias informa que resulta conveniente la suspensión del sistemas de becas hasta nuevo análisis de necesidad y conveniencia a evaluar una vez iniciado el ciclo lectivo 2006, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Suspéndese a partir del 31 de diciembre de 2005, la vigencia del “PROGRAMA DE BECAS DE CAPACITACIÓN EN COMEDORES ESCOLARES”, creado por el Art. 2º del Decreto 1922/04 y encomiéndase a la Secretaría de Gobierno la evaluación de necesidad y conveniencia una vez iniciado el ciclo lectivo 2006.-

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Relaciones Comunitarias y Contaduría Municipal.

D1327-4
B439

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 2699/05