logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Puerto de Frutos - Resolucion 1750/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto de Frutos


RESOLUCION 1750/99

TIGRE, 27 de septiembre de 1999

VISTO:

   Que en el Puerto de Frutos se deposita material a granel para luego ser embarcado con destino a islas del Delta del Paraná, o proveniente de las mismas, y,

CONSIDERANDO:

   Que el mencionado depósito en tránsito, al ser a granel, produce graves inconvenientes a terceros y a la operatoria en general, ya se trate de arena, cantorodado, escombros, pedra, etc., los que por su naturaleza no pueden ser depositados sin el correspondiente contenedor que evite su difusión o propagación en el entorno.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Prohíbese el depósito de materiales o mercaderías a granel, en dársenas del Puerto de Frutos en Tigre, destinado o proveniente de Islas del Delta de Paraná, que por su naturaleza pueda propagarse al entorno, debiendo utilizarse en todos los casos contenedores que eviten su difusión.

ARTICULO 2.- Las infracciones a lo dispuesto precedentemente, darán inicio al proceso contravención conforme Código Contravencional del Partido de Tigre, ello sin perjuicio de la clausura para los casos de que el responsable resulte un establecimiento comercial o industrial del Partido de Tigre, incautación de mercaderías y demás medidas preventivas que correspondieren.

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 1750/99