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Habilitaciones - Resolucion 1635/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones


HABILITACIONES 1635/01

TIGRE, 30 de octubre de 2001.-

VISTO:

Que es función a cargo de la Dirección General de Habilitaciones de Comercios consignar en los trámites de habilitaciones si es o no autorizable el rubro pretendido, por aplicación de las planillas de uso de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, y,

CONSIDERANDO:

Que dicha información es fundamental y decisoria de la habilitación o rechazo, motivo por el cual debe consignarse clara y rotundamente.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Ordénase a la Dirección General de Habilitaciones de Comercios consignar en los expedientes de habilitaciones si es o no autorizable el rubro pretendido, por aplicación de las planillas de uso de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, mediante el siguiente procedimiento, quedando prohibida toda variación:

a) En caso de tratarse de un rubro consignado textualmente en la planilla en cuestión, indicar el número de orden.
b) En caso de no encontrarse textualmente consignado el rubro, pero quedando comprendido por similitud o sinónimo en otro término, consignar tal característica mediante la mención del rubro objeto de la asimilación.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1635/01