logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Convenios - Resolucion 1590/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios


RESOLUCION 1590/04

TIGRE, 7 de julio de 2004.-


VISTO:
El convenio celebrado por el Departamento Ejecutivo con el Club Newman, relacionado con la pavimentación de la calle Ituzaingo, de Benavidez, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el convenio celebrado por el Departamento Ejecutivo con el Club Newman, cuyo texto se transcribe a continuación  y su original se incorpora como anexo de la presente, destinado a la pavimentación de la calle Ituzaingo, Benavidez:

En Tigre, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil cuatro, entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el señor Intendente Municipal, contador Ricardo José Ubieto, con domicilio en la Avda. Cazón 1514, de Tigre, quien lo hace ad referéndum del convalidación del Honorable Concejo Deliberante,  en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el CLUB NEWMAN, representado en este acto por su Presidente Don Benjamín Montes, documento LE. 8.607.642, y su Secretario, Don Alberto R. Berton Moreno, documento C.I. 10.176.772, con Personería Jurídica IGJ Resolución 1125/76, Reg. Nº C-6760 y domicilio en Avda. de los Constituyentes 7245, Benavidez, en adelante EL CLUB, se resuelve celebrar el presente convenio con el objeto de realizar la obra “pavimentación de la calle Ituzaingo, entre Ruta 27 y calle José Ingenieros, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad toma a su cargo la realización del proyecto de pavimentación de la calle Ituzaingo, entre Ruta 27 y calle José Ingenieros, de la localidad de Benavidez.
SEGUNDA: EL CLUB contribuirá con la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00), de los cuales  el cincuenta por ciento (50%) es en concepto de costo cubierto por el mismo, sin reclamo alguno a la Municipalidad o a terceros, y adelantará el otro cincuenta por ciento (50%), a compensar con deuda a cargo del Club por todo tipo de Tasas municipales.
TERCERA: EL CLUB se compromete a remitir los fondos necesarios dentro de los quince primeros días hábiles del mes de julio del año 2004.-
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a dictar los actos administrativos necesarios para asignar al pavimento de la calle Ituzaingo, entre Ruta 27 y calle José Ingeniero, las mismas restricciones de transitabilidad de automotores existentes en el interior del predio del CLUB, a cuyos efectos éste se compromete a presentar en el plazo de diez (10) días, el reglamento de copropiedad en su parte pertinente.
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD contratará la ejecucion de la obra motivo del presente convenio, siguiendo para ello la normativa vigente para obras públicas municipales, sin ingerencia alguna del CLUB en la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones, adjudicación y Dirección de Obra.
No siendo para mas, se firman dos ejemplares de un mismo tenor a y a un solo efectos, en lugar y fecha antes indicado.

ARTICULO  2.- Dese a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Notifíquese. Cúmplase.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1590/04