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Terrenos Fiscales - Resolucion 1588/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales


RESOLUCION 1588/07

TIGRE, 21 de agosto de 2007.-  
 

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales la firma EIDICO S.A., se encuentra tramitando, en el marco de la Ley 9533, la adquisición de la superficie de tierra lindera a su propiedad y al Canal Rioja, de Villa La Ñata, localidad de Dique Luján, y,

CONSIDERANDO:

Que independiente de la decisión final con respecto a dicho trámite, resulta procedente aceptar el ofrecimiento de la empresa EIDICO S.A., de actuar como cuidara honoraria de dicha superficie a efectos de evitar intrusos y asentamientos clandestinos, toda vez que se encuentra sin protección y sin urbanizar.
Que lo peticionado se encuadra en el marco del artículo 178, inciso 3, de la Ley 6769, Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Desígnase a la firma EIDICO S.A., por los motivos expuestos precedentemente y en el marco del artículo 178, inciso 3, de la Ley 6769, Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, cuidadora honoraria del sector jurisdicción municipal, identificado en el siguiente croquis, lindero al predio de propiedad de dicha firma y al Canal Rioja, en Villa La Ñata, localidad de Dique Luján:

 

ARTICULO  2.- La designación dispuesta en el artículo anterior tiene carácter precario, esencialmente revocable a decisión municipal y es sin perjuicio del trámite iniciado por expediente 4112-36.171/07, en el marco de la Ley 9533-

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Dique Luján.-
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1588/07