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Terrenos Fiscales - Resolucion 1504/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales


RESOLUCION 1504/01

Corresponde expte. 4112-6342/98
TIGRE, 1º de octubre de 2001.-


VISTO:

Que por Ordenanza 2298/00 se facultó al Departamento Ejecutivo a celebrar comodato con la Cooperadora de la Escuela de Educación Básica Nº 4, “José Manuel Estrada”, o personal directivo de dicho establecimiento escolar, si correspondiera, destinado a uso para fines escolares, de una parte de la parcela 1 de la Circunscripción II, Sección P, Manzana 29b, y,

CONSIDERANDO:

Que habiéndose celebrado Departamento Ejecutivo el correspondiente comodato, corresponde su registro como normativa municipal.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el contrato de comodato que seguidamente se transcribe, celebrado con la Cooperadora de la Escuela de Educación Básica Nº 4, “José Manuel Estrada, en cumplimiento de la Ordenanza 2298/00:

En la Ciudad de Tigre, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil uno, entre la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, representada en este acto por el Sr. Intendente  Municipal, Cdor. Ricardo J. Ubieto, con domicilio en la avenida Cazón 1514 de Tigre, en adelante “COMODANTE” y la COOPERADORA DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN BÁSICA Nº 4 “JOSÉ MANUEL ESTRADA”, representada en éste acto por el Sr. Julio Del Carmen, D.N.I. 4.603.201, con personería justificada mediante acta de Asamblea Anual Ordinaria, del 24 de mayo de 2000,  domiciliada en la calle Independencia y Volta, de la localidad de Gral. Pacheco, partido de Tigre, en adelante llamado “COMODATARIO”, ambas manifestándose hábiles para contratar, acuerdan celebrar en el marco establecido por actuaciones sustanciadas en expediente 2001/4112/6342/98, el presente contrato y sujetarlo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La  Municipalidad de Tigre, en los términos de lo establecido por la ordenanza 2298/2000 promulgada por decreto 1538/2000 y en su carácter de COMODANTE, otorga  en comodato al COMODATARIO, y éste acepta, el uso de una parte de la parcela 1 de la circunscripción II, sección P, manzana 29b, determinada en cuanto a su ubicación en plano obrante a fs. 3  del expediente referido, y que integra el presente como anexo, el que será destinado exclusivamente para el desarrollo de actividades escolares.-
SEGUNDA: De conformidad con lo dispuesto en la cláusula precedente, queda expresamente prohibido variar el destino del presente.-
TERCERA: El presente contrato reviste el carácter de precario y podrá ser resuelto por el COMODANTE, previa notificación fehaciente,  sin que dicha circunstancia genere a favor del COMODATARIO derecho a reclamo alguno.-
CUARTA: El COMODATARIO, deberá permitir el control Municipal, del cumplimiento de los fines impuestos por la Ordenanza citada y éste contrato.-
QUINTA: Todas las mejoras introducidas en el predio objeto del presente, quedarán en beneficio del mismo al término de la vigencia del plazo pactado, con la sola excepción de aquellas que pudieran desmontarse sin que ello genere daños al inmueble, quedando debidamente aclarado que el COMODATARIO no podrá reclamar compensación alguna.-
SEXTA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el COMODATARIO en el presente, facultará al COMODANTE a exigir la inmediata restitución de la tenencia del predio, sin que ello origine derecho a reclamo alguno, sometiéndose por tanto el COMODATARIO de plena conformidad, a la decisión administrativa que en tal efecto se disponga, sin más trámite.-
SÉPTIMA: Las partes constituyen domicilio legal, en los reales denunciados precedentemente, en ellos podrán notificarse válidamente todas las cuestiones atinentes al contrato celebrado.-
OCTAVA: Las partes convienen someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Isidro, con exclusión de cualquier otra, a fin de dirimir cualquier controversia que se suscite con relación al presente contrato.-
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor, y a un solo efecto, en el lugar y fecha consignados en el encabezamiento.-

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Troncos del Talar.-
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1504/01

LA ORDENANZA 2298/04 FUE DEROGADA POR LA ORDENANZA 2656/05