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Deportes - Resolucion 3473/15

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D9
Deportes


RESOLUCION 3473/15

TIGRE, 21 de mayo de 2015.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3473/15, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión del 12 de mayo de 2015, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Exímese del pago de la Tasa por Servicios Municipales a las instituciones civiles, sin fines de lucro cuya actividad principal sea la práctica y fomento del remo, que cumplan con las siguientes condiciones:

a) Inmuebles que sean de propiedad exclusiva de la institución afectadas a la práctica del remo, canotaje o similares y complementarias de las mismas.
b) Inmuebles que se encuentren a la margen o frente a los ríos Tigre y/o Luján, dentro del Partido de Tigre.
c) Que posean un mínimo de veinte (20) botes propios de la institución en condiciones de navegabilidad, para uso de los asociados.
d) Que cumplan los requisitos previstos en la Ordenanza N° 1074/90.

En aquellos casos debidamente justificados en que no se cumplieran con alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo y previa verificación por parte de la Secretaría de Ingresos Públicos, podrá el Departamento Ejecutivo aplicar un porcentaje de eximición inferior al 100% u otorgar la totalidad de la eximición prevista en el presente artículo.

ARTICULO 2.-  Exímese del pago de Tasas y Derechos Municipales correspondientes a la declaración y regularización de planos y construcciones preexistentes, a las instituciones civiles, sin fines de lucro, denominadas “Clubes de Remo”, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 1° de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3.- Otórgase un subsidio anual con el objeto de financiar la formación de remeros de alta competencia, a las instituciones civiles, sin fines de lucro, denominadas “Clubes de Remo”, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 1° de la presente Ordenanza, en función de los asociados que cada club aporte al Equipo Nacional de Remo. El Departamento Ejecutivo reglamentará el monto del mismo y las condiciones de su otorgamiento.

ARTICULO 4.- Otórgase un subsidio anual para inversión en gastos operativos de la entidad, a las instituciones civiles, sin fines de lucro, denominadas “Clubes de Remo”, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 1° de la presente Ordenanza, en función de la cantidad de botes con buena navegabilidad y cantidad de asociados que tenga cada club. El Departamento Ejecutivo reglamentará el monto del mismo y las condiciones de su otorgamiento.

ARTICULO 5.- Declárese de Interés Municipal el dictado de cursos de “Reparación de botes de madera” en el Partido de Tigre.

ARTICULO 6.- Declárese de “Interés Municipal” la iniciativa de creación de un “Museo del Remo”.

ARTICULO 7.- Declárase de “Interés Municipal” la realización de regatas nocturnas en el Río Luján, llevadas a cabo por los clubes radicados en el Partido de Tigre.

ARTICULO 8.- Declárase de “Interés Municipal” las actividades de la Comisión de la Regata Internacional del Tigre –CRIT-, en cumplimiento de sus fines estatutarios en fomento del remo en sus distintas disciplinas.

ARTICULO 9.-. Desígnase “Embajadores del Remo de Tigre”, a los remeros y remeras de los Clubes del Partido que forman parte del Equipo Nacional de Remo, para las competencias internacionales.

ARTICULO 10.- Fíjase para la segunda quincena del mes de septiembre de cada año; la realización de la “FIESTA NACIONAL DEL REMO”, cuya organización y ejecución queda a cargo del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 11.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 12 de mayo de 2015.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3473/15.-

ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto la señora Secretaria de Legal y Técnica.

ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.
 

 

Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dra. María Renata Scafati, Secretaria de Legal y Técnica.
DECRETO N° 836/15