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Cementerios - Resolucion 1297/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15
Cementerios


RESOLUCION 1297/04


TIGRE, 7 de junio de 2004.-

VISTO:

Que por Resolución 804/04 se intimó a quien resulta responsable de la bóveda Nº 2 del  Sector 1, del Cementerio de Tigre, cuenta Nº 000020, registrada a nombre de SALERNO HNOS., con domicilio en la calle Saldías 1125, de Tigre, con arrendamiento vigente hasta el año 2025, a que en el plazo de treinta (30) días corridos, proceda a efectuar todos los trabajos necesarios para la reparación de los daños y/o deterioros existentes en el edificio de dicha bóveda, que satisfagan las condiciones de seguridad y conservación, así como reacondicionar o cambiar los féretros que se encuentran en mal estado de conservación, bajo apercibimiento de realizarse los trabajos edilicios conforme lo determina el artículo 55 de la ordenanza 410/82, y retirar los féretros en mal estado de conservación, destinando sus restos al osario común, declarando la caducidad del arrendamiento conforme Ordenanza 1273/92, y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Resolución fue notificada por carta documento CD 523883356AR, del 20 de abril de 2004, recibida por el destinatario el 22.4.04.

Que a fs. 12 la Administración de Cementerios informa que se ha vencido el plazo sin cumplimiento de la intimación ni comunicación alguna por parte de los responsables, motivo por el cual la  situación queda comprendida en la revocatoria de concesiones establecida en la Ordenanza 1273/92.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93


R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Registrase la revocatoria del arrendamiento de la bóveda adjudicada a nombre de SALERNO HNOS., con domicilio en la calle Saldías 1125, de Tigre, vigente hasta el año 2025, identificada como bóveda Nº 2 del Sector 1, del Cementerio de Tigre, Cuenta  Nº 000020, por imperio de la Ordenanza 1273/92 y conforme las constancias obrantes en el expediente 4112-8795/04.

ARTICULO  2.- Encomiéndase a la Administración de Cementerios tomar posesión de la bóveda mencionada en el artículo anterior y proseguir las actuaciones conforme Ordenanza 1273/92 y normas vigentes en la materia.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Administración de Cementerios. Tome conocimiento Área Tasas de Industrias y Comercios.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1297/04