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Transito - Resolucion 1294/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T1
Transito


RESOLUCION 1294/04

TIGRE, 7 de junio de 2004.-
 

VISTO:
Que la Delegación Municipal de General Pacheco eleva a fs. 1 proyecto de acto administrativo poniendo en vigencia regulación de uso de la calle Echeverría, de General Pacheco, a los efectos de preservar la integridad del pavimento y evitar el uso de la vía pública por parte de vehículos en espera de ingreso a un Barrio Cerrado, y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 7 la Dirección General de Tránsito comparte en un todo el proyecto antes mencionado.

Que a fs. 8/9 la Asesoría Letrada dictamina que el proyecto propuesto se ajusta a la Ley  11.430, “Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires”, motivo por el cual corresponde poner en vigencia la norma propiciada.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93


R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Prohíbese la circulación de camiones con más de dieciséis mil quinientos (16.500) kilogramos de pesos máximo transmitido a la calzada (de acuerdo a lo establecido por el artículo 15 de la Ley 11.430, “Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires), por la calle Echeverría, desde Avda. De los Constituyentes hasta Derqui, Barrio Barranca Los Talas, General Pacheco, quedando exceptuados de esta prohibición los camiones afectados a la recolección municipal de residuos domiciliarios y camiones atmosféricos.

ARTICULO  2.- Prohíbese la circulación de camiones en las calles:
a) Derqui entre Echeverría y Primera Junta.
b) Berutti entre Echeverría y Jujuy.
c) Azcuénaga entre Echeverría y Tucumán.
d) Chiclana entre Echeverría y Derqui.
e) Primera Junta entre Echeverría y Derqui.
f) Tucumán, entre Berutti y Antártida Argentina.
g) Mendoza entre Berutti y Antártida Argentina.
h) Jujuy entre Derqui y Antártida Argentina.
i) Salta, entre Primera Junta y Antártida Argentina.
j) Matheu entre Derqui y Jujuy.
k) Antártida Argentina entre Avda. De los Constituyentes y Artigas.
Exceptuase de esta prohibición los camiones afectados a la recolección municipal de residuos domiciliarios y camiones atmosféricos.

ARTICULO  3.- Prohíbese en la calle Echeverría, el estacionamiento de vehículos en espera para ingresar al Barrio Cerrado Talar del Lago I. El Consorcio de propietarios del mencionado Barrio Cerrado, deberá arbitrar las medidas necesarias para abstenerse de utilizar la vía pública, pudiendo disponer que la espera se realice en el interior del Barrio u otras medidas que considere apropiadas y que no signifiquen uso de las calles públicas.

ARTICULO  4.- Encomiéndase el señalamiento público de las medidas dispuestas precedentemente a la Delegación Municipal de General Pacheco, y el control de cumplimiento y aplicación del Código Contravencional a la Dirección General de Tránsito

ARTICULO 5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de General Pacheco y por la Dirección General de Tránsito.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1294/04