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Puerto de Frutos - Resolucion 1160/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto de Frutos


RESOLUCION 1160/03

TIGRE, 14 de julio de 2003.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales el señor Sergio Alejandro Chavez, DNI 26.281.872, solicita autorización para construir a su costo, con expresa incorporación al patrimonio municipal sin reclamo alguno, de un local destinado a kiosco y minutas, en punta de Dársena Nº 2, lado Norte, entre el final de línea de puestos existentes y el río Luján y el espejo de agua de dicha dársena y la calle Sarmiento, y,

CONSIDERANDO:

Que de fs. 3 a 15 se ha expedido la Secretaría de Obras Públicas, determinando que el proyecto que da cuenta los planos de fs. 13 y 14, cumplen con todas las observaciones y exigencias oportunamente fijadas por dicha dependencia técnica, siendo en consecuencia procedente la autorización peticionada.

Que atento lo antes expuesto el caso queda comprendido en el artículo 10 de la Ordenanza 2001/97,  que textualmente se transcribe:

ARTICULO 10.- Facúltase al Departamento Ejecutivo, en carácter ampliatorio de la Ordenanza 844/88, a conceder habilitaciones y arrendamientos en el Mercado de Frutos de Tigre bajo condiciones de inversión privada que integrarán el patrimonio municipal y se encuadren en el artículo 4 de la mencionada Ordenanza.

Que si bien en las presentaciones realizadas se han obviado cumplir requisitos formales establecidos por la Ordenanza General 267, corresponde emplazar su cumplimiento antes de dar inicio a la construcción motivo de estos actuados.

Que en lo que respecta al lugar de emplazamiento de la construcción que se incorporará al patrimonio municipal, corresponde que la Secretaría de Obras Públicas, por intermedio del Director de Obras que designe, decida la misma de forma tal que no entorpezca la operatoria portuaria ni contravenga disposiciones municipales, provinciales o nacionales.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Concédese al señor Sergio Alejandro Chavez DNI 26.281.872, arrendamiento de sesenta (60) metros cuadrados de terreno, en punta de Dársena Nº 2, lado Norte, entre el final de línea de puestos existentes y el río Luján y el espejo de agua de dicha dársena y la calle Sarmiento.-

ARTICULO 2.- Autorízase al señor Sergio Alejandro Chavez DNI 26.281.872, a desarrollar a su costo, el proyecto constructivo aprobado por la Secretaría de Obras Públicas mediante planos incorporados a fs. 13 y 14 del expediente 4112-26.375/02, cuyas copias se incorporan como anexo de la presente, destinado a explotar los rubros “kiosco y minutas”, en punta de Dársena Nº 2, lado Norte, entre el final de línea de puestos existentes y el río Luján y el espejo de agua de dicha dársena y la calle Sarmiento, sujeto a las siguientes condiciones:

a) En el plazo de 48 horas deberá cumplir el artículo 24 de la Ordenanza General 267, fijando domicilio en el Partido de Tigre.
b) El costo total de la construcción corre por cuenta del autorizado, sin derecho a resarcimiento o compensación alguna.
c) Que la construcción se realice dentro del plazo y siguiendo la modalidad de ejecución y emplazamiento que determine la Secretaría de Obras Públicas.
d) Que la Secretaría de Obras Públicas otorgue el correspondiente certificado final de obra.
e) Que la Subsecretaría de Inspección General determine que la construcción realizada se encuentra en condiciones de funcionamiento para los rubros pretendidos, por aplicación de las normas vigentes en el Partido de Tigre.
f) Que la Administración del Mercado de Frutos de Tigre lo incorpore como nuevo puesto del mencionado Mercado.
g) Que la construcción realizada se incorpore al patrimonio municipal.

ARTICULO  3.- Cumplidos los requisitos antes expuestos, se concederá arrendamiento y habilitación para ejercer la actividad en el marco de la Ordenanza 844/88.-

ARTICULO  4.- Encomiéndase a la Secretaría de Obras Publicas la Dirección de la obra aprobada por la presente, a cuyos efectos dictará las ordenes de servicios necesarias, las que serán de cumplimiento obligatorio por parte del autorizado, con especial atención a las prescripciones de la Ordenanza 320/82, realizando en su caso las notificaciones, apercibimientos e inicio del proceso contravencional que correspondiere.-

ARTICULO  5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Obras Publicas. Tome conocimiento la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1160/03