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Via Publica - Resolucion 945/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica


RESOLUCION 945/04

TIGRE, 26 de abril de 2004.-

VISTO:

En la margen izquierda del Río Reconquista, calle Caupolican a la altura de la calle Tucán, se encuentra una rampa de uso público para bajar embarcaciones desde trailer de uso terrestre, y,

CONSIDERANDO:

Que el carácter público de la rampa y su pendiente al Río Reconquista, produce que personas inadaptadas usen el lugar para diversión y baño en aguas contaminadas por desechos generados en los diversos distritos que atraviesa, siendo en la zona de su desembocadura con el Río Luján,  apto sólo para navegación, con radicación de guarderías, muelle público, salida de lanchas taxis, etc.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de sus facultades,

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Colóquese en las inmediaciones de la rampa de uso público existente en la calle Caupolican, margen izquierda del Río Reconquista, a la altura de la calle Tucán, un cartel con la leyenda:

PROHIBIDO BAÑARSE
AGUAS CONTAMINADAS
Y PELIGROSAS

ARTICULO  2.- Asígnase como responsabilidad de la Delegación Municipal de Rincón de Milberg, la colocación y conservación permanente del cartel dispuesto por el artículo anterior, pudiendo requerir de la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales las especificaciones que considere necesarias sobre estructura, materiales y anclajes, a los efectos de lograr las mayores garantías contra daños por vandalismo y robo.

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Rincón de Milberg.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 945/04