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Terrenos Privados - Resolucion 805/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14
Terrenos Privados


RESOLUCION 805/03

TIGRE, 27 de mayo de 2003.-


VISTO:
El informe producido por la Subsecretaría Coordinadora de Benavidez, con relación a la existencia de terrenos en estado de abandono, comprendidos en el marco de la Ordenanza 472/64, y,

CONSIDERANDO:

   Que además de los extremos comprendidos en la Ordenanza antes mencionada, en el presente caso resulta necesario preservar condiciones de seguridad y salubridad pública, resultando procedente y conveniente a los intereses municipales, aceptar el ofrecimiento de la Dirección de la E.G.B. Nº 41, para asumir las obligaciones que esta Municipalidad se impone como cuidadora del predio, permitiendo su uso como campo de actividades físicas, en caso de que las autoridades competentes lo consideren adecuado para tal fin.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Tómase posesión inmediata, en el marco de la Ordenanza 472/64, de los predios identificados Circunscripción III, Sección E, Quinta 45, parcelas 2 y 3 cuentas 4945000 y 4945100, respectivamente, por los motivos expuestos precedentemente.-

ARTICULO 2.- Desígnase, en el marco del artículo 178, inciso 3, de la Ley Orgánica Municipal y bajo supervisión de la Subsecretaría Coordinadora de Benavidez, a la Dirección de la ESCUELA GENERAL BÁSICA Nº 41, a los efectos de ejercer las obligaciones municipales emergentes de la Ordenanza 472/64, pudiendo utilizar el predio como campo de deportes de dicho establecimiento, por encontrarse lindero al mismo y en el caso de que las autoridades competentes lo consideren adecuado para tal fin.

ARTICULO  3.- Prosígase el trámite dispuesto en el inciso III del Art. 1º del Decreto 1382/95, conforme al siguiente detalle:
1. Por Patrimonio cúmplase los subincisos 1 y 2.
2. Remítase copia a Tasas Inmobiliarias a efectos de cumplir el subinciso 3. 
3. Remítase copia a la Subsecretaría Coordinadora de Benavidez, a efectos de cumplir el subinciso 4 y ejecutar todos los actos previstos en la Ordenanza 472/64 y asegurar el cumplimiento de la Ordenanza 672/88.-

ARTICULO 4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría Coordinadora de Benavidez, la que arbitrará las medidas necesarias para erradicar las condiciones de inseguridad, salubridad e higiene producidas por el actual estado de abandono del predio objeto de la presente. Oportunamente elevará la propuesta de destino a los efectos del cumplimiento del Art. 5 de la Ordenanza 472/64.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 805/03