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Cementerios - Resolucion 490/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15 
Cementerios


RESOLUCION 490/07

TIGRE, 14 de marzo de 2007.-

VISTO:

El informe producido por la Secretaría de Salud y Acción Social con relación a medidas a adoptar en los Cementerios Municipales, en el marco de campañas de prevención en función de la epidemia de dengue registrada en el Norte Argentino, consistente básicamente en reemplazar agua por arena húmeda en los floreros, y,

CONSIDERANDO:

Que esta Secretaría comparte en un todo el informe producido a fs. 3 por la Administración de Cementerios proponiendo concretamente las medidas que más conveniente para cumplir los objetivos fijados por la mencionada Secretaría.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Pónese en vigencia las siguiente medidas obligatorias en los Cementerios Municipales, en el marco de la campaña de prevención en función de la epidemia de dengue registrada en el Norte Argentino:

1. Prohíbese el uso de agua en floreros de bóvedas, debiendo reemplazarla por arena húmeda.
2. Prohíbese el uso de floreros sueltos en las sepulturas.
3. Prohíbese el uso de agua y autorízase el uso de arena húmeda, en las jardineras de sepulturas y nichos y jardineras externas de bóvedas, entendiéndose por jardineras el florero de chapa galvanizada que se coloca en receptáculo provisto por la estructura de la sepultura o nicho.
4. Prohíbese arrojar agua de reposición de jardineras en cestos de residuos.

ARTICULO  2.- Los cuidadores autorizados a trabajar como tales en los Cementerios Municipales, quedan obligados al estricto cumplimiento del artículo anterior, bajo apercibimiento de caducidad del permiso.

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración de Cementerios Municipales. Tome conocimiento la Secretaría de Salud y Acción Social.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 490/07