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Cementerios - Resolucion 300/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15
Cementerios


RESOLUCION 300/02

TIGRE, 18 de marzo de 2002.-


VISTO:
Es estado de abandono de la bóveda del Cementerio de Tigre, identificada como Nº 3 del Sector 8, Cuenta 012050, arrendada a la señora Maria Schiaffino  por expediente 4112-S-63/52, Decreto 708/52, con vencimiento en el año 2051, y,

CONSIDERANDO:

Que por artículo 3 de la Resolución  1681/98 se intimó a la señora MARIA SCHIAFFINO, con domicilio en Sáenz Peña 1433, Tigre, o a quien resulta titular responsable de la bóveda antes mencionada, para que en el plazo de treinta (30) días corridos, repare los daños y/o deterioros existentes en el edificio de dicha bóveda, que satisfagan las condiciones de seguridad y conservación, así como reacondicionar o cambiar los féretros que se encuentran en mal estado de conservación, bajo apercibimiento de realizarse los trabajos edilicios conforme lo determina el artículo 55 de la ordenanza 410/82, y retirar los féretros en mal estado de conservación, destinando sus restos al osario común.
Que la Administración de Cementerios no logró la notificación de la Resolución Nº 1681/98, motivo por el cual se libra la carta documento cuyas constancias obran a fs. 15 y 16, devueltas por la empresa de correo por desconocido.
Que en cumplimiento del artículo 66 de la Ordenanza General 267, se publicó en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre Nº 284, edicto de notificación, con distribución de ejemplares en papel en el Partido y circulación por Internet, agregando en esta notificación que en caso de no subsanar los inconvenientes en el plazo de cinco (5) días se registrará la caducidad del arrendamiento, tomando posesión de las instalaciones y destinando los restos al osario común.
Que habiendo transcurrido el último plazo, no se ha producido intervención alguno de los responsables titulares de la bóveda, motivo por el cual se ha operado el abandono de la misma, debiendo proceder en forma inmediata atento las razones de seguridad y salubridad involucradas en el presente caso.
Que la situación queda comprendida en la revocatoria de concesiones establecida en la Ordenanza 1273/92.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrese el abandono del arrendamiento acordado a la señora Maria Schiaffino  por expediente 4112-S-63/52, Decreto 708/52, con vencimiento en el año 2051, de la bóveda del Cementerio de Tigre, identificada como Nº 3 del Sector 8, Cuenta 012050, por imperio de la Ordenanza 1273/92 y por los motivos expuestos precedentemente.-

ARTICULO  2.- Encomiéndase a la Administración de Cementerios tomar posesión de la bóveda mencionada en el artículo anterior, realizando los trabajos que fueren necesarios en materia de seguridad de la construcción y para garantizar la salubridad en materia de higiene mortuoria.

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Administración de Cementerio de Tigre. Tome conocimiento Área Tasas de Industrias y Comercios.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 300/02