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Donaciones - Resolucion 128/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D6
Donaciones


RESOLUCION 128/05

TIGRE, 28 de enero de 2005.-

VISTO:

El contrato celebrado por el Departamento Ejecutivo a instancias de la tramitación a cargo de la Dirección General de Regularización Dominial, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el convenio de donación por Ley 11.622, celebrado el 20 de enero de 2005, relacionado con la Circunscripción III, Sección U, Manzana 53, cuyo texto se transcribe a continuación y el original se incorpora como anexo de la presente:

En la ciudad de Tigre, Provincia de Buenos Aires, a los 20 días del mes de enero de 2005, reunidos por una parte el señor Intendente del partido de Tigre, Interino, Arq. Hiram Antonio Gualdoni, y por la otra los señores Hector Antonio Puente, L.E. 3.253.956, con domicilio en Lavalle 333, Tigre, su cónyuge Doña Olga Obedia Giudice, D.N.I. 4.390.589; Juan Alberto Giordano, L.E. 8.515.362, casado con María Angela Rivero, domiciliados  en Lavalle 307 de Tigre, Héctor Daniel Giordano, D.N.I. 10.603.819, casado con Noemí Mabel Alarcon, domiciliados en Lavalle 307, Tigre, María Inés Giordano, D.N.I 12.254.883, soltera, domiciliada en Lavalle 307, Tigre; Eduardo oscar Fernández, LE 4.570.424, domiciliado en Paso 585 Departamento B, de Tigre, y su cónyuge Pilar Menéndez Fernández, DNI 5.454.251; Isidro Juan José Fernández, L.E. 5.608.183, domiciliado en Paso 585, Departamento A, Tigre y su cónyuge Silvia Mirtha Sallaberry, LC 5.459.717, en adelante los transmitentes, convienen en celebrar el presente convenio dentro del marco legal que establece la Ley 11.622 y Ordenanzas 1902/97 y 2561/03 –consolidación del dominio inmobiliario con fines de solidaridad social- de conformidad con las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Por el presente convenio los trasmitentes ratifican su voluntad de transferir a titulo gratuito a favor de la Municipalidad de Tigre el  inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ.III, Sección U, Manzana 53, y solicitan la condonación de la deuda que registra en concepto de tasas de servicio conforme lo establece el articulo 2 de la Ley 11.622.
SEGUNDA: Habiéndose corroborado la titularidad dominial de los trasmitentes como así mismo la existencia de deuda por servicios municipales, este Municipio acepta ad referéndum del Honorable Consejo Deliberante la donación referida con el objeto de destinar el predio a los  fines de la solidaridad social prevista por la normativa.
TERCERA: Conforme lo establecido en el artículo 3 de la Ordenanza 2561/03 remítase el presente al Honorable Consejo Deliberante a sus efectos.
CUARTA: El Departamento Ejecutivo realizara oportunamente las gestiones tendientes a la condonación de toda otra deuda que en concepto de impuestos provinciales registre el inmueble que se transfiere a esta Municipalidad.
QUINTA: En fe de conformidad previa lectura y ratificación se firman seis ejemplares de un solo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha antes indicado.

ARTICULO  2.- Dese a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Notifíquese. Cúmplase por la Dirección General de Regularización Dominial.

 


Firmado: Eduardo H. Sofía, A/c. Secretaría de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 128/05