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Transporte Publico Pasajeros - Resolucion 64/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T3
Transporte Publico de Pasajeros


RESOLUCION 64/03

TIGRE, 11 de febrero de 2003.-

VISTO:

Que por Resolución 958/02, se concedió a la señora María Agustina Sierra, DNI 4.455.408, con domicilio real en Dr. José Penna 914, Vicente López, y legal en Hipólito Irigoyen 2338, El Talar, habilitación municipal del inmueble, propiedad de la misma, para el rubro ESTACIÓN TERMINAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, con planos de obra civil registrado por esta Municipalidad, glosados  a fs. 56, 57 y 58, del expediente 4112-26.663/02, en el predio ubicado en calle Francia, entre Ruta 197 y Defensa, El Talar, Circunscripción II, Sección E, Manzana 56, parcelas 1, 2, 3 y 8, condicionada al cumplimiento de exigencias detalladas en el artículo 1º de la mencionada resolución, que fueron numerados incisos g), h), i), j), k) y l), y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección provincial del Transporte dictó la Disposición Nº 1772/02, habilitando en forma provisoria por el termino de ciento ochenta (180) días como TERMINAL DE ÓMNIBUS PARA SERVICIOS INTERCOMUNALES DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS el inmueble antes mencionado, dejando constancia en el artículo 2º de la misma que, con carácter previo a iniciar el funcionamiento, la Municipalidad de Tigre deberá verificar el cumplimiento de los incisos h), k) y l) del artículo 1º de la Resolución de la Secretaría de Gobierno Nº 958/02:

h) Proceder, en el plazo de noventa (90) días al englobamiento parcelario de la Circunscripción II, Sección E, Manzana 56, parcelas 1, 2, 3 y 8, de 22.129,29 m2, sobre las cuales se aprobó el emplazamiento del edificio por la presente habilitación.
k) Cumplimentar orgánicamente un Plan de Contingencias y Manejo Ambiental, con identificación y modos de activación de recursos externos en emergencias, acorde con la habilitación del funcionamiento que otorgue la autoridad provincial.
l) Consolidación del pozo absorbente mediante aprobación. Resolución AGOSBA 510/94.

Que a fs. 178 la Dirección General de Industrias y Política Ambiental informa que se ha dado cumplimiento, en lo que a su competencia respecta, la Resolución 958/02, habiéndose conformado, en consecuencia, el cumplimiento de los incisos k) y l).

Que con relación al inciso h), se ha presentado constancia de ingreso correspondiente a la tramitación del englobamiento parcelario, lo cual satisface este extremo previo, debiendo incorporarse el plano definitivo cuando el mismo sea remitido por la Dirección Provincial de Geodesia para la adecuación parcelaria en el Catastro Municipal.

Que con relación al inciso j), se ha expedido a fs. 175 la Dirección General de Tránsito, conjuntamente con la Delegación Municipal de El Talar, fijando el recorrido que deberán observar los vehículos del autotransporte de pasajeros para el ingreso y egreso de la estación terminal.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrese el cumplimiento de los incisos h), k) y l) de la Resolución de esta Secretaría de Gobierno Nº 958/02, en virtud de los argumentos expuestos precedentemente, asignándosele en consecuencia carácter de habilitación definitiva a la concedida por la mencionada Resolución, toda vez que el cumplimiento de las restantes condiciones son sólo verificables durante el funcionamiento del rubro, tarea que tendrá a su cargo la Subsecretaría de Inspección General y la Dirección General de Tránsito.

ARTICULO  2.- Fíjase, con carácter obligatorio, el recorrido de las unidades del autotransporte colectivo de pasajeros, para ingreso y egreso de la estación terminal, el siguiente: INGRESO: por Ruta 197. EGRESO: Francia, Defensa, Colectora de Ruta Panamericana, su ruta.

ARTICULO 3.- Encomiéndase a la Dirección de Catastro la verificación de cumplimiento de la presentación del englobamiento parcelario objeto del inciso h) del artículo 1º de la Resolución 958/02, debiendo hacer registraciones preventivas, quedando facultado para realizar las intimaciones que pudieren corresponder.

ARTICULO  4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios. Tome conocimiento la Delegación Municipal de El Talar, la Dirección General de Industrias y Política Ambiental, la Dirección General de Tránsito y la Subsecretaría de Inspección General. Elévese a conocimiento de la Dirección Provincial del Transporte, del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de la Provincia de Buenos Aires.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 64/03

 

SE TRANSCRIBE A CONTINUACIÓN EL TEXTO DE LA DISPOSICIÓN 298/03, DEL DIRECTOR PROVINCIAL DEL TRANSPORTE:

 

La Plata, 24 de febrero de 2003.-

Visto el expediente 2417-6375/02 mediante el cual se concedió la habilitación provisoria como estación terminal de ómnibus del predio ubicado en calle Francia, entre Ruta 197 y Defensa de la localidad de El Talar, Partido de Tigre, y,

CONSIDERANDO

Que por Disposición N1 1772/02 se habilitó provisoriamente como estación centralizadora de ómnibus para servicios intercomunales de autotransporte de pasajeros, el predio ubicado en calle Francia, entre ruta 197 y Defensa de la localidad de El Talar, de propiedad de la Sra. Agustina Sierra, por el término de 180 días hasta tanto se cumplimenten las exigencias impuestas por el Municipio de Tigre mediante Resolución Nº 958/02, y que fueran receptadas en la Disposición citada de esta Autoridad de Aplicación.

Que con fecha 13 de febrero del corriente se presenta la Sra. Agustina Sierra, solicitando la habilitación definitiva de la referida terminal, atento haber dado cumplimiento a las exigencias impuestas, acompañando a tal efecto copia de la Resolución Nº 64 de fecha 11defebrero de2003, del Secretario de Gobierno del Municipio de Tigre, mediante la cual se aprueba el cumplimiento de los incisos h), k) y l) de la Resolución 958/02.

Que de acuerdo a las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros Decreto Ley Nº 16378/57 enunciadas en el Capítulo IV, Artículos 24 y 57 inciso 11, y el Decreto Nº 6864/58 reglamentario de la citada norma legal, enunciadas en Capítulo IV, Artículos 40, 41, 42 y 43, se procede a dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL TRANSPORTE
DISPONE:

ARTICULO 1.- Habilitar como TERMINAL DE ÓMNIBUS PARA SERVICIOS INTERCOMUNALES DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJERO al inmueble ubicado en calle Francia, entre Ruta 197 y Defensa, de la localidad de El Talar, Partido de Tigre, de propiedad de la Sra. Agustina Sierra, D.N.I. 4.455.408.

ARTICULO 2.- El titular del predio que se habilita por la presente, deberá mantener el edificio en condiciones de operatividad que permitan un adecuado funcionamiento, debiendo ajustarse en un todo a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros Decreto-Ley 16.378/57, su Reglamentación Decreto Nº 6864/58, normas complementarias y concordantes.

ARTICULO 3.- Establecer que el canon aplicable en concepto de utilización de estaciones centralizadoras de servicios intercomunales de autotransporte de pasajeros para servicios urbanos, suburbanos e interurbanos deberá ajustarse a la normativa que establezca al efecto la Dirección Provincial del Transporte.

ARTICULO 4.- Establecer para todas las empresas afectadas al autotransporte público de pasajeros que operen con tráfico en el distrito mencionado “ut supra”, la obligatoriedad del uso de dicha Estación Terminal para el ascenso y descenso de pasajeros.

ARTICULO 5.- Regístrese, notifíquese al interesado, comuníquese a la dirección del Transporte de Pasajeros y a los distintos Departamento de esta Dirección Provincial del Transporte, Municipalidad de Tigre y cámaras representativas del sector. Cumplido, archívese.

 

DISPOSICIONES Nº 298.-
Firmado: Dr. Roberto Luis Ramela. Director Provincial del Transporte. Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos. Provincia de Buenos Aires.