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Seguridad - Resolucion 13/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S15
Seguridad


RESOLUCION 13/03

TIGRE, 10 de enero de 2003.-

VISTO:

El contrato celebrado por el Departamento Ejecutivo a instancias de la tramitación a cargo de la Subsecretaría de Gobierno, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Regístrase el CONTRATO DE COMODATO celebrado por el Departamento Ejecutivo, con las sociedades “Aserradero Demaria S.A.” y “Lanera del Sur S.A.A.C.I.F.I”, ambas con domicilio en la Ruta 197, Km.3, Tigre, Provincia de Buenos Aires, con relación al predio destinado a depósito de vehículos siniestrados pertenecientes a distintas comisarías del Partido de Tigre, que seguidamente se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Intendente, Contador Ricardo José Ubieto, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre, Provincia de Buenos Aires, en adelante “la comodataria”, y las sociedades “Aserradero Demaria S.A.” y “Lanera del Sur S.A.A.C.I.F.I”, ambas con domicilio en la Ruta 197, Km.3, Tigre, Provincia de Buenos Aires, representadas en este acto por la señora Olga Zulema Fernández de De María, por la primera, a mérito del Poder General Amplio otorgado por escritura de fecha 4 de diciembre de 1997, pasada ante el Escribano de San Fernando, don Alejandro Jantus,  al folio 1088 del Registro 27 a su cargo, y por la segunda, a mérito del Poder General Amplio otorgado por escritura de fecha 7 de abril de 1978, pasada ante el Escribano de San Fernando, Don Gastón E. Leroux, al folio 564 de su Registro, por la otra parte y en adelante “las comodantes”, han convenido en celebrar el presente contrato de Comodato, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las comodantes dan en COMODATO a la comodataria, y ésta acepta, dos fracciones de terreno ubicadas en la Avenida Juan B. Justo (Ex Ruta Nº 197, Kilómetro 3, entre las calles Benito Lynch y el Río de la Reconquista, de la ciudad de Tigre, Partido del mismo nombre, de la Provincia de Buenos Aires, designadas en sus títulos como Fracción 6b, con una superficie total de 11.966,75 m2, Partida 7741, de propiedad de “Aserradero  Demaría S.A.”, y Fracción 7, con una superficie total de 6.808,06 m2, Partida 10386, de propiedad de “Lanera del Sur S.A.A.C.I.F.I.”
SEGUNDA: La comodataria destinará el uso de las fracciones descriptas, exclusivamente para depósito de vehículos siniestrados pertenecientes a las distintas comisarías del Partido de Tigre,
TERCERA: La comodataria se encuentra en el uso gratuito de las fracciones, con anterioridad a la fecha del presente contrato.
CUARTA: El presente comodato cesará de pleno derecho ante el mero requerimiento efectuado por escrito por las comodantes, requerimiento éste que deberá efectuarse con una anticipación de sesenta (60) días de la fecha de la efectiva restitución. El incumplimiento de la comodataria en la restitución del inmueble en el momento aquí pactado, hará pasible a la comodataria de responder por todos los daños y perjuicios que ocasionare a los comodantes.
QUINTA: Para todos los efectos del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Departamento Judicial de San isidro, constituyendo al efecto domicilios especiales, las comodantes en Acassuso 363, Primer Piso “F”, San Isidro, y la comodataria en el arriba indicado.
Conformes las partes, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Tigre, Provincia de Buenos Aires, a 30 de diciembre de 2002.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 13/03