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Puerto de Frutos - Resolucion 6/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9 
Puerto de Frutos


RESOLUCION  6/00

TIGRE, 17 de enero de 2000.-

VISTO:

   Que por Art. 60, in fine, de la ordenanza 2235/99, “Ordenanza Impositiva para el ejercicio financiero año 2000”, se estableció la obligación de una Tasa pago por cada tercero autorizado y por local de las galerías comerciales habilitadas en el Mercado de Frutos de Tigre, y,

CONSIDERANDO:

   Que en el mes de enero de 2000 rige el Decreto 1623/99, que establece la modalidad de FERIA ADMINISTRATIVA, motivo por el cual resulta indispensable fijar fecha especial de inicio de la obligación de pago del arancel antes mencionado.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Fíjase el día 20 de enero de 2000 para el inicio del pago de las Tasas establecidas en el Art. 60, in fine, de la ordenanza 2235/99, “Ordenanza Impositiva para el ejercicio financiero  año 2000”, por los motivos expuestos precedentemente.-

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y cúmplase por la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 6/00