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Puerto de Frutos - Decreto

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto de Frutos


DECRETO 2822/06

TIGRE, 28 de diciembre de 2006.-


VISTO:

Que por Ordenanza 2777/06, se introduce el artículo 55 a la Ordenanza 844/88, que rige en materia de arrendamientos y permisos en el Puerto de Frutos de Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Administración del mencionado Puerto, cuyo texto seguidamente se reproduce:

Habiéndose notificado esta Administración de la sanción de la Ordenanza 2777/06, por el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre Nº 470, mediante la cual se introduce en la Ordenanza 844/88 el artículo 55, con el siguiente texto:
ARTICULO 55.- El Departamento Ejecutivo podrá autorizar a los titulares de concesiones o arrendamientos, a efectuar remodelaciones y mejoras en las instalaciones existentes, las que quedarán a favor del municipio una vez vencida la concesión. Asimismo podrá autorizar la construcción de nuevas instalaciones. En ambos casos podrá conceder arrendamientos o concesiones, no pudiendo superar el plazo de diez años, con opción de prórroga a favor de la Municipalidad de un tercio del contrato original. El Departamento Ejecutivo deberá dictar un reglamento de inversiones cuyo cumplimiento deberá verificarse para acordar este tipo de arrendamientos o concesiones.
Y teniendo en cuenta que dicho artículo es similar al artículo 11 de la Ordenanza 2161/99, que rige para la Estación Fluvial Domingo Faustino Sarmiento, la cual mantiene un régimen de arrendamientos similar a los del Puerto de Frutos, esta Administración propone que se ponga en vigencia como decreto reglamentario del artículo 55 de la Ordenanza 844/88, el Decreto 1006/99, reglamentario del artículo 11 de la Ordenanza 2161/99, ya que en el mismo se tratan cuestiones técnicas válidas para construcciones y arrendamientos en ambas dependencias.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Pónese en vigencia con carácter reglamentario del artículo 55 de la Ordenanza 844/88, texto introducido por Ordenanza 2777/06, el Decreto 1006/99, por los motivos expuestos precedentemente.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.

 


Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2822/06