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Infraestructura Pavimentos - Decreto 2720/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3 
Infraestructura Pavimentos


DECRETO 2720/05

TIGRE, 27 de diciembre de 2005.-

VISTO:

Que por Ordenanza 1756/95, se declaro a la Municipalidad de Tigre, adherida al “Plan Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación”, declarando de utilidad publica municipal el programa referido y las obras a realizar.

Que mediante Decreto 391/96, se constituyo el CONSORCIO  PAVIMENTADOR DE EL TALAR, a los efectos de administrar los fondos del mencionado Plan Provincial de Pavimentación.

La Resolución de fecha 20 de diciembre de 2.005 de la Administración del CONSORCIO PAVIMENTADOR DE EL TALAR, y,

CONSIDERANDO:

Que las obras objeto del mencionado plan han sido ejecutadas, habiéndose producido el vencimiento de los plazos de garantía de los mismos, las que han sido recepcionadas de conformidad.

Que se ha concluido los motivos por los cuales se fundamentaron su creación.

Que resulta la existencia de créditos a cobrar, originados en:

a) La firma de convenios de financiación o refinanciación de cuotas de frentistas
b) Deudas de propietarios por la falta de adhesión en tiempo y forma, conforme a las actuaciones obrantes en los expedientes de obra.

Que es menester que los mencionados saldos, sean administrados por  la MUNICIPALIDAD.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Disuélvase, a partir de la fecha del presente y por los motivos expuestos precedentemente el CONSORCIO PAVIMENTADOR DE EL TALAR.

ARTICULO 2º:  El CONSORCIO PAVIMENTADOR DE EL TALAR, cede a la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, la gestión de cobro de los montos adeudados por los Sres. Frentistas, por obras o contratos de refinanciación, descriptos en los expedientes de obra.

ARTICULO 3º: Los montos recaudados de los créditos transferidos, serán ingresados en el Calculo de Recursos Municipal de cada año a la cuenta de Contribuciones por mejoras y ayudarán a solventar los gastos de mantenimiento de la mencionada obra vial.

ARTICULO 4º: Apruébense los movimientos transcriptos en los libros pertenecientes al consorcio y la gestión de los distintos integrantes en el transcurso de su existencia.

ARTICULO 5º: Efectúese la liquidación del Consorcio Pavimentador de El Talar, transfiriéndose los saldos disponibles.

ARTICULO 6º: Refrende el presente los Secretarios de Gobierno, Economía y Obras y Servicios Públicos.

ARTICULO 7º: Dese al Registro Municipal de Normas, Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre, Notifíquese y archívese

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2720/05