MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E8
Estacion Fluvial
DECRETO 2313/04
TIGRE, 28 de diciembre de 2004.-
VISTO:
Que los arrendamientos y habilitaciones acordados en la Estación Fluvial Municipal de Pasajeros “Domingo Faustino Sarmiento”, están sujetos al pago de expensas y/o gastos comunes y al estricto cumplimiento de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente para el ejercicio 2005, y normas reglamentarias, concordantes y complementarias, dictadas o a dictarse, y,
CONSIDERANDO:
Que la Administración de la mencionada Estación Fluvial de Pasajeros, propone, como en años anteriores, prorratear una parte de los gastos correspondientes a gastos de iluminación de los espacios públicos, limpieza, recolección de residuos y mantenimientos de espacios verdes.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Fíjanse los siguientes montos mínimos correspondientes a expensas de la Estación Fluvial Municipal de Pasajeros “Domingo Faustino Sarmiento”, a abonar en forma mensual, durante el ejercicio 2005 o hasta que su modificación en contrario, conforme al siguiente detalle:
1) Por cada stand $ 37,50
2) Por locales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12 y 13 $ 125,00
3) Por local 7 $ 187,50
4) Por local 11 $ 250,00
5) Por local 14 (Concesión Decreto 1211/99) $ 312,50
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Gobierno, con intervención de la Administración del Mercado de Frutos de Tigre, Sector Estación Fluvial Municipal de Pasajeros “Domingo Faustino Sarmiento”.
Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2313/04