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Urbanismo - Decreto 2200/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


DECRETO 2200/07

TIGRE, 30 de noviembre de 2007.-

VISTO:

La consulta de radicación y funcionamiento del rubro Hotelería, en Liniers 566, Circunscripción I, Sección A, Manzana 25, parcelas 49ª, 50ª, 50c, 51 y 52ª, presentada por la Arq. María Ester Ovcharyk, Zona R4, y

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el despacho de la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96 del 26 de noviembre de 2007, que textualmente se transcribe:

COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN Cpde. Expte. 4112-35.183/07 Fs.
TIGRE, 26 de noviembre de 2007
.- VISTO: La consulta de radicación y funcionamiento del rubro Hotelería, en Liniers 566, Circunscripción I, Sección A, Manzana 25, parcelas 49ª, 50ª, 50c, 51 y 52ª, presentada por la Arq. María Ester Ovcharyk, Zona R4, y CONSIDERANDO:
Que el rubro HOTELERIA, en R4, se encuentra permitido solo para los predios frentistas a Paseo Victorica, Lavalle entre Libertador y Paseo Victorica y Liniers, de Paseo Victorica a Pirovano, se permiten hoteles en general.
Que esta Comisión comparte en un todo las conclusiones arribadas por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Política Ambiental, que seguidamente se transcriben:
TIGRE, 15 de noviembre de 2007. Visto 1o solicitado a fs 1 y 7 a fin de evaluar la prefactibilidad para un establecimiento de hotelería presentada por María Ester Oucharyk en un inmueble ubicado en la calle Liniers Nº 566 Y Tedín 360 Tigre, Circ, 1, Secc. A, Mza. 25, parcs. 49a; 50a, 50c, 51 y 52a, correspondiente a zonificación R4. Considerando que el predio está emplazado en el circuito turístico principal de la ciudad de Tigre (Calles Lavalle, Paseo Victorica, Liniers, Libertador), que el uso hotelería fomenta y vitaliza la actividad turística de la zona, siendo este y la escala de la actividad propuesta compatible con el uso dominante de la zonificación correspondiente (vivienda unifamiliar) y que es de vital importancia preservar la valiosa parquización y forestación del predio, como así también la puesta en valor y restauración de los edificios de valor arquitectónico emplazados. Por 1o tanto, sugiero que se incorpore como uso admisible en toda la extensión de la calle Liniers, desde el río Reconquista (calle Pirovano) hasta la rotonda del Acceso Norte. El uso a admitir, se encuentra dentro del marco de Hotelería, específicamente Hostería y/o el conocido como Hostal. Recomiendo que se aplique en forma excluyente, a edificios existentes, haciendo especial hincapié en que se mantenga la parquización y forestación existente, se preserven y restauren los edificios existentes de valor arquitectónico según sus morfologías originales., las ampliaciones sean mínimas en relación a la morfología actual y las modificaciones no alteren su estilo y no se afecte la calidad de vida de los vecinos linderos. Elevo a consideración del Secretario de Gobierno. FIRMADO: Arq. Guilermo Zwanck, Subsecretario de Desarrollo Urbano y Política Ambiental.


Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE:


Proponer al Departamento Ejecutivo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 7º de la Ordenanza 1894/96, incorporar como rubro pretendido en Zona R4, el de HOTELERÍA, exclusivamente para predios frentistas de Avda. Liniers, entre Pirovano y Rotonda de Acceso a Tigre de Ruta Panamericana, sujeto a las siguientes condiciones:
Solo en edificios existentes.
Mantenimiento de parquización y forestación.
Se preserven y restauren los edificios existentes de valor arquitectónico según sus morfologías originales.
Ampliaciones mínimas en relación a la morfología actual.
Modificaciones que no alteren el estilo y no afecten la calidad de vida de los vecinos linderos.


FIRMADO: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno Comisión Ordenanza 1894/96; Cdor Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda, Comisión Ordenanza 1894/96; Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares, Comisión Ordenanza 1894/96.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Incorpórase, por los motivos expuestos precedentemente,   y en uso de las facultades que le confiere el artículo 7º de la Ordenanza 1894/96, como rubro en Zona R4, el de HOTELERÍA, exclusivamente para predios frentistas de Avda. Liniers, entre Pirovano y Rotonda de Acceso a Tigre de Ruta Panamericana, sujeto a las siguientes condiciones:
a. Solo en edificios existentes.
b. Mantenimiento de parquización y forestación.
c. Se preserven y restauren los edificios existentes de valor arquitectónico según sus morfologías originales.
d. Ampliaciones mínimas en relación a la morfología actual.
e. Modificaciones que no alteren el estilo y no afecten la calidad de vida de los vecinos linderos.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Política Ambiental.

 

     
Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2200/07