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Habilitacion - Decreto 2060/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3 
Habilitaciones


DECRETO 2060/07

TIGRE, 22 de octubre de 2007.-

VISTO:

Que por Decreto 852/00 se fijan las características y condiciones mínimas y obligatorias de equipamiento, habilitación, funcionamiento y promoción, de establecimiento de alojamientos y servicios turísticos en el Partido de Tigre, para los actuales emprendimientos y para aquellos servicios que no estén contemplados en las normativas nacionales y bonaerenses, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de dicha norma prevé entre la documentación necesaria para solicitar habilitación, un juego de planos de muelle aprobados por la Dirección Provincial de Hidráulica.

Que en la práctica los interesados han encontrado dificultades por demora de la tramitación, motivo por el cual resulta procedente modificar dicho artículo reemplazando la copia del plano aprobado por la constancia de haber solicitado tal aprobación.

Que paralelamente a lo antes expuesto, resulta necesaria la modificación del artículo 6, incorporando como causal de rescisión el inciso 6) con el siguiente texto:

6. Resolución firme de la Dirección Provincial de Hidráulica desaprobando la infraestructura del muelle.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Modifícase, por los motivos expuestos precedentemente, el inciso 2 del artículo 2 del Decreto 852/00, el que quedará redactado de la siguiente forma:

2. Juegos de planos del edificio/s, aprobados o visados por la Municipalidad de la jurisdicción correspondiente al establecimiento. Constancia de inicio de trámite de aprobación de planos del/los muelle/s, aprobados por la Dirección Provincial de Hidráulica.

ARTICULO 2.- Incorpórase, por los motivos expuestos precedentemente, el inciso 6 al artículo 6º del Decreto 852/00, con el siguiente texto:

6. Resolución firme de la Dirección Provincial de Hidráulica desaprobando la infraestructura del muelle.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre.. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios y Subsecretaría de Desarrollo Comunitario e Islas.

 


Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2060/07