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Urbanismo - Decreto 2039/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


DECRETO 2039/05

TIGRE, 13 de septiembre de 2005.-

VISTO y CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo la propuesta de la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96,  efectuada en su despacho del 5 de agosto de 2005, que textualmente se transcribe:

TIGRE, 5 de agosto de 2005. VISTO:  Las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Alarcón Héctor Sergio, solicita factibilidad de habilitación en la nomenclatura catastral: III – W – 30 – 3 y 4 y la zona es R3b ( fs 1 vuelta), y, CONSIDERANDO:
a) Que se trata de una factibilidad de habilitación.
b) Que el rubro a desarrollar es ¨ Taller de Reparaciones y Construcciones Navales ¨.
c) Que según manifiesta el Sr. Recurrente a fs 1, en la zona se desarrollan galpones con el mismo rubro.
d) Que la calle Chubut divide las zonificaciones R3b y la zona I2.
e) Que de las inspecciones realizadas en la zona se observan usos homogéneos entre la zona R3b y I2.
f) Que en la zona I2 se encuentra permitido el rubro solicitado.
g) Que la calle Chubut no podrá ser considerada limite para los usos cuando en la vereda frentista a la solicitud se encuentra permitida.
                           Por ello, la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ANALISIS AL CÓDIGO DE BONIFICACIÓN, ARTICULO Nº 7 DE LA ORDENANZA 1894/96:

DISPONE


1. Proponer al Departamento Ejecutivo agregue como rubro permitido a la Planilla General de Usos: ¨ Taller de Reparaciones y Construcciones Navales ¨,en la calle Chubut entre P. de Valdivia y C.M. Noel; zona R3b del Código de Zonificación Ordenanza 1894/96.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Incorpórase en la Planilla General de Usos de la Ordenanza 1894/96, el rubro “Taller de Reparaciones y Construcciones Navales”, como rubro permitido en la zona R3b, exclusivamente para los predios frentistas de la calle Chubut, entre Valdivia y Noel.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2039/05