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Habilitaciones - Decreto 1892/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones


DECRETO 1892/04

TIGRE, 2 de noviembre de 2004.-

VISTO:

Que por Ordenanza 2548/03, se fijan las condiciones de funcionamiento del rubro “Juegos en red”, y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1502/03 se reglamentó la aplicación de la Ordenanza 237/84 cuando el rubro antes mencionado es compartido con videojuegos.

Que resulta necesario determinar que cuando se instalen hasta 10 computadoras, pueden funcionar con un sanitario, mientras que cuando superen dicho número debe exigirse sanitarios separados para damas y caballeros.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Fíjase, con carácter reglamentario de la Ordenanza 2548/03, los siguientes sanitarios para explotar el rubro “juegos en red”:
a) Hasta diez (10) computadoras, un baño con un inodoro y un lavatorio.
b) Más de diez (10) computadoras, un baño para damas con un inodoro y un lavatorio y un baño para caballeros, con un inodoro, dos mingitorios y un lavatorio.

ARTICULO 2.- En toda solicitud de prefactibilidad o de habilitación del rubro “juegos en red”, debe indicarse la cantidad de computadoras a instalar, como requisito indispensable para iniciar dicho trámite. La explotación de un número de computadoras superior al peticionado y concedido en la habilitación, es causa de caducidad de la habilitación acordada.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Verifíquese la iniciación de trámite por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios   y el funcionamiento, por intermedio de la Subsecretaría de Inspección General.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1892/04