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Tasas Municipales - Decreto 1848/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


DECRETO  1848/03

TIGRE, 30 de diciembre de 2003.-


VISTO:
Que por Ordenanza 2566/03, Ordenanza Impositiva para el ejercicio financiero año 2004, se fijó un fondo especial destinado al mantenimiento y funcionamiento de los cuarteles de los Bomberos Voluntarios del Distrito, y

CONSIDERANDO:
Que dicho fondo debe ser tomado como un subsidio que la Municipalidad con fondos afectados le entregará a los Bomberos Voluntarios del Distrito.
Que la citada ordenanza establece que el Departamento Ejecutivo deberá fijar la modalidad de su pago.

Que  esta Municipalidad viene concediendo subsidios anuales, en forma habitual y permanente, que permiten a estas Asociaciones Civiles prestar las funciones para las que fueron creadas.

Que la cuota del mes de enero de 2004, tiene como vencimiento final el día 30 de enero de 2004, motivo por el cual resulta procedente fijar un anticipo para dicho mes, a resulta de lo que se recaude en el fondo antes mencionado.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Concédese a las Asociaciones Civiles de Bomberos Voluntarios del Partido de Tigre, que seguidamente se detallan, un anticipo en el mes de enero de 2004, a cuenta de los fondos que se recauden por imperio del párrafo quinto del artículo 2º de la Ordenanza 2566/03, “Ordenanza Impositiva del ejercicio financiero año 2004”, con cargo de rendir cuentas según la modalidad vigente para subsidios:

a) Bomberos Voluntarios de Tigre $ 3.000
b) Bomberos Voluntarios de General Pacheco $ 2.000
c) Bomberos Voluntarios de Don Torcuato $ 2.000
d) Bomberos Voluntarios de Benavidez $ 2.000

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Secretaría de Economía y Hacienda la determinación de la recaudación durante el ejercicio 2004, en forma mensual, establecida en el párrafo quinto del artículo 2º de la Ordenanza 2566/03, “Ordenanza Fiscal del ejercicio financiero año 2004”.

ARTICULO 3.- Encomiéndase a la Secretaría de Gobierno la elaboración del proyecto de Decreto reglamentario del 5º párrafo del artículo 2º de la Ordenanza Impositiva 2004.-

ARTICULO 4.- Por Contaduría Municipal impútese en la Partida correspondiente del ejercicio financiero 2004.

ARTICULO_5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_6.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1848/03