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Obras Particulares - Decreto 1842/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O6
Obras Particulares


DECRETO 1842/01

DEROGADO POR DECRETO 170/14


TIGRE, 24 de diciembre de 2001.-

VISTO:

Que por Decreto 372/92 se reglamentó la presentación de planos de obras a construir, y,

CONSIDERANDO:

Que en función del curso creado por la Dirección de Obras Particulares  de la Secretaría de Economía y Hacienda, se incorpora la categoría de profesionales precalificados, por asistencia a dicho curso.

Que corresponde poner en vigencia el reglamento con relación a la presentación que efectúen los profesionales antes mencionados.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.-  Reglamentase el tramite para la presentación de obras a construir y a regularizar por subsistencia, por parte de profesionales precalificados, conforme los siguientes pasos:

1.1. El profesional precalificado adquiere la Carpeta de Presentación en la Tesorería Municipal.

1.2. El profesional requerirá de la Dirección de Catastro el informe de practica en el Certificado Parcelario y liberara en la Secretaria de Economía y Hacienda.

1.3. El profesional confeccionará la liquidación provisoria de los Derechos de Construcción y los abonara en la Tesorería Municipal. Para esta liquidación, se requieren los siguientes datos: superficie de la construcción, determinación de la categoría de la construcción y valores vigentes que se exhiban en la cartelera de la Dirección de Obras Particulares.

1.4. La Carpeta de Visación se completa con:

1.4.1. Aportes previsionales, según normas que rijan a la profesión.

            1.4.2.  Original del plano, ploteado en papel transparente. (impresión de archivo magnético)

1.4.3.  Siete (7) copias heliográficas o ploteadas.

1.4.4.   Planilla de materiales.

1.4.5. Planilla de estadística.

1.4.6. Disquete conteniendo el archivo magnético del plano presentado. La etiqueta del disquete deberá contener identificación  de nomenclatura catastral, nombre del propietario, del profesional y su correspondiente firma.

1.4.7. Mesa de Entradas asentará en la etiqueta del disquete, el número de expediente.

1.5. Todos los elementos debidamente firmados se presentarán en la Mesa de Entradas y Archivo, donde se formalizará expediente y se girará a la Dirección Ejecutiva de Obras Particulares.

1.6. La Dirección Ejecutiva de Obras Particulares tomará conocimiento y fijará su intervención mediante sello y firma y entregará al profesional presentante la documentación de práctica para dar comienzo a la obra.

1.7. El ingreso del expediente a la Dirección Ejecutiva de Obras Particulares, se hará bajo las siguientes condiciones, establecidas en el sello a emplear:


INGRESADO:                                   FECHA:

EL PRESENTE PLANO INGRESA EN CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, SIENDO PASIBLE DE SANCIONES TANTO EL SR. PROFESIONAL COMO EL PROPIETARIO SI EL PLANO O LA CONSTRUCCIÓN NO SE AJUSTA A LAS REGLAMENTACIONES MUNICIPALES VIGENTES.
(Firma y aclaración de firma)


1.8. La Dirección Ejecutiva de Obras Particulares, retiene el expediente a fin de verificar el cumplimiento de los siguientes aspectos, los que darán lugar a la visación municipal, verificando el cumplimiento de los siguientes elementos, los que son mínimos y obligatorios en un plano:

CARÁTULA :
 
1) Partida de Contribución Territorial.
2) Cuenta Municipal.
3) Expediente anterior.
4) Plano de Obra: Nueva, Subsistente, Conforme, Ampliación, Etc. Decretos Nº .
5) Destino.
6) Propietario.
7) Calle y numero.
8) Barrio, si corresponde.
9) Partido.
10) Delegación.
11) Escala
12) Nomenclatura catastral
13) Zona.
14) FOS y FOT de Código.
15) BARRIO CERRADO: DECRETO PROVINCIAL Nº 27/98. Consignar Decreto de prefactibilidad y/o factibilidad provincial.
16) Superficies.
17) FOS de proyecto.
18) FOT de proyecto.
19) Plano de ubicación.
20) Servicios.
21) Referencias.
22) Antigüedad de la obra.
23) Propietarios: domicilio, firma.
24) Profesional: Domicilio, Mat. Prof., Mat. Municipal.
25) Tareas Profesionales: Proyecto, dirección, construcción, medición, firma.

CARÁTULA COMPLEMENTARIA.

26) Balance de superficies (Acotado).
27) Nomenclatura Catastral.
28) Ubicación de las construcciones.
29) Cuenta municipal.
30) Partida.
31) Firmas propietario y profesional.
32) Domicilio, localidad.
33) Ubicación.

PLANTA: (escala 1:100).
PLANTA BAJA

34) Retiros, medidas, lote, pozo negro, cámara séptica,  pozo de bombeo. (Ubicación y distancias a ejes).
35) Medida de los locales.
36) Ventilaciones.
37) Niveles en planta.
38) Barandas.
39) Numero de locales y destino.
40) Cercos.
41) Indicar en planta el sector de cortes.
42) Vereda Reglamentaria. Materiales y dimensiones.
43) Pileta ubicación y medida.
44) Ancho de la escalera y sentido de ascenso.
45) Vistas a vecinos si corresponde.

PLANTA ALTA: (escala 1:100).

46) Medida de los locales.
47) Niveles en planta.
48) Barandas.
49) Ancho de la escalera.
50) Numero de locales y destino.
51) Ventilaciones.

PLANTA DE TECHOS (Escala 1:100) :

52) Medidas.
53) Ventilaciones.
54) Materiales.
55) Pendientes, porcentaje, tipo de escurrimiento.
56) Tanque (ubicación), capacidad.
57) Azotea: accesibles, barandas.

VISTA :

58) Materiales.
59) Alturas de edificación. En fuerte pendiente altura al baricentro.
60) Cota IGM, en zona inundable.
61) Remate de ventilaciones.

CORTE LONGITUDINAL Y CORTE TRANSVERSAL (según lo indicado en el punto 41 Planta Baja)

62) Altura de la edificación (parcial y total).
63) Cota IGM si corresponde.
64) Materiales: piso, cielorraso.

CORTE DE PILETA:

65) Materiales, terminaciones.
66) Medidas.

ESTRUCTURA :

67) planta: de bases en escala 1/100.
68) Planta (losas) sobre planta baja.
69) Plantas (demás losas).
70) Estructura de techos.
71) Planillas.
72) Detalle de base.
73) Detalles de escalera 1/20.
74) Detalle de escalón y calculo.

BALANCE DE SUPERFICIES :

75) Balance de superficie.
76) Calculo de FOS y FOT.
77) Calculo de densidad.
78) Calculo de premios.
79) Planilla de iluminación y ventilación.
80) Cuadro de FOS y FOT según reglamento interno (Únicamente en casos de Barrios Cerrados)
81) Detalle de fachada (si correspondiere) escala 1/50 .

82) ESTACIONAMIENTO: Cálculo y área acotada con numeración de cocheras, dimensionando circulaciones y radios de giro.

83) Todos los emprendimientos de mas de 10.000 m2, llevan plano hidráulico, así como los terrenos que se encuentren bajo cota.

84) Plano de forestación en zonas industriales.
85) Detalle de lucarnas si se propone mejorar las condiciones de iluminación y ventilación.
86) En edificio publico: calculo estructural para obra nueva a subsistencia y/o memoria técnica. Calculo de escaleras y medios de escape.
87) OBRA: LOCALES BAILABLES : Cumplir Art. 87 de la Ord. 1894/96.
88) OBRA: GUARDERÍAS NÁUTICAS : Cumplir Art. 72 de la Ord. 1894/96.
89) OBRAS CON DESTINOS COMPRENDIDOS EN EL CAP 6 DE LA ORD 1894/96, cumplir con el articulado respectivo.

CARPETA DE VISACIÓN :

90) Nomenclatura catastral.
91) Superficie del lote.
92) Calle y numero.
93) Localidad.
94) Croquis de ubicación: distancia a la esquina, calles medidas del lote.
95) Norte.
96) Lotes linderos.
97) Pago de tasas: incluir en el expediente fotocopia recibo de Tasas por Servicios Municipales para su control.
98) Pago derechos de construcción: previo paso por Área Tasas de Industrias y Comercio, con fotocopia de documento de identidad del propietario, CUIT si es empresa, para formalizar el pago.
99) Liquidación de derechos de construcción.
100) Boleta de aportes profesionales.
101) Contrato profesional visado obligatorio.
102) Original y 7 copias mas la estructura.
103) Planilla de estadística.
104) Copia visada por la Comisión de Arquitectura, en caso de Barrio Cerrado.
105) Copia visada por el colegio correspondiente.
106) Datos completos de los propietarios.
107) Datos de los profesionales.
108) Firmas.

109) EXPEDIENTES RESUELTOS POR LA Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, articulo 7º de la Ordenanza 1894/96 : VERIFICAR QUE LOS PLANOS municipales presentados coincidan con la documentación aprobada por dicha Comisión.

1.9. Mediante inspección y sobre la base de la documentación respectiva otorgará el Certificado Final de Obra, siendo este el momento en que el plano queda definitivamente aprobado.

ARTICULO 2.-  Fijase el siguiente cursograma correspondiente al tramite establecido en el articulo anterior:

2.1. CARPETA DE PRESENTACIÓN: Tesorería Municipal.

2.2. CERTIFICADO PARCELARIO: Dirección de Catastro y Secretaria de Economía y Hacienda.

2.3. FORMALIZACIÓN DE EXPEDIENTE: Mesa de Entradas y Salidas.

2.4. AUTORIZACIÓN PARA INICIAR LA CONSTRUCCIÓN:  Dirección Ejecutiva de Obras Particulares.

2.5. Área técnica de la Dirección de Obras Particulares fiscalizará la documentación ingresada.

2.5. CERTIFICADO FINAL DE OBRA: Dirección Ejecutiva de Obras Particulares.

2.6. ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES: Dirección Ejecutiva de Obras Particulares.

ARTICULO 3.-  En caso de renuncia a la obra, el profesional lo manifestara por escrito mediante alcance al expediente de la obra. En forma inmediata a esta presentación, la Dirección Ejecutiva de Obras Particulares inspeccionara las obras y dejara constancia en ACTA del estado de la obra, corroborando el fiel cumplimiento de las normas en vigencia.
No  se admitirá que el profesional presentante renuncie a la obra con carácter retroactivo.

ARTICULO 4.-  Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 5.-  Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase por intermedio de la Dirección Ejecutiva de Obra Particulares.


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber,
Secretario d eEconomía y Hacienda.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1842/01