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Nuevo Nucleo Urbano - Decreto 1838/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto N5 
Nuevo Nucleo Urbano


DECRETO  1838/01

TIGRE, 21 de diciembre de 2001.-


VISTO:
Las actuaciones presentadas por la firma NORDELTA S.A., respecto a la presentación del plan particularizado denominado “GLORIETAS DEL LAGO”, del emprendimiento aprobado por Ordenanza 1297/92 y Decreto del Poder Ejecutivo provincial Nº 1736/92,  y, 

CONSIDERANDO:
Que la documentación presentada se ajusta al Decreto  1566/98, que rige en la materia.
Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el despacho producido por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, Ordenanza 1894/96, de fecha 5-12-01, obrante en el expediente 4112-22.309/01, basado en los informes de la Dirección de Obras Particulares de fecha 15 de noviembre de 2001, del cual surge que la documentación aportada cumple con los parámetros de la ordenanza arriba citada, del plan director del emprendimiento y del acuerdo programático suscrito entre la Provincia de Buenos Aires, la Municipalidad de Tigre y la firma NORDELTA S.A.
Que las verificaciones técnicas administrativas dieron por resultado el fiel cumplimiento por parte del particularizado con el plan director y el acuerdo programático ya aprobado, motivo por el cual solo resta el acto administrativo municipal de registro de las actuaciones.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- Apruébase, por los motivos expuestos precedentemente, el proyecto presentado por la firma NORDELTA S.A., correspondiente al particularizado denominado “GLORIETAS DEL LAGO”, conforme documentación obrante en el expediente 4112-22.309/01.

ARTICULO 2.- Corresponde al particularizado “GLORIETAS DEL LAGO”, la clasificación ZONA UR 2.1., Superficie bruta 24,6752 hectáreas, y neta 11,8957 hectáreas.

ARTICULO 3.- La ejecución del proyecto deberá ajustarse a lo aprobado según PLAN DIRECTOR, acuerdo programático, Ordenanza 1297/92 y Decreto del Poder Ejecutivo provincial Nº 1736/92.

ARTICULO_4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección de Obras Particulares.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1838/01