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Via Publica - Decreto 1823/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica


DECRETO 1823/07

TIGRE, 28 de agosto de 2007.-   

 

VISTO:

 

Las presentes actuaciones por las cuales la señora María Isabel Gargiulo, DNI 5.125.576, en su carácter de titular de la habilitación del rubro “reventa de helados”, concedida por Resolución 22/92, en calle Santa María 2171, Rincón de Milberg, solicita autorización para instalar en la vía pública, frente a dicho comercio, una baranda protectora, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fs. 17 se expide la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales, aprobando el modelo de baranda  y el informe técnico producido por la Dirección General de Infraestructura Vial, obrante a fs. 8/16, del expediente 4112-28.708/06, destinado a ser construido y costeado por la solicitante.

 

Que habiendo sido notificada de tales condiciones, la solicitante presente el Alcance Nº 1, aceptando el modelo a construir y el costo de la misma.

 

 

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Autorízase la señora María Isabel Gargiulo, DNI 5.125.576, en su carácter de titular de la habilitación del rubro “reventa de helados”, concedida por Resolución 22/92, en calle Santa María 2171, Rincón de Milberg, a instalar a su costo y bajo supervisión de la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales, en la vía pública, frente al mencionado comercio, barandas de protección cuyo modelo aprobó dicha Secretaría y cuyo plano obra a fs. 8/16, del expediente 4112-28.708/06, dejándose constancia que con dicha construcción opera la prohibición de instalar mesas y sillas en dicha vereda.

 

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales, la supervisión y control de los trabajos autorizados por la presente, los que deberán ejecutarse con la modalidad prevista para una obra pública, quedando facultada para emitir órdenes de servicio que serán de cumplimiento obligatorio por parte del titular del comercio.

 

ARTICULO 3.- La señora María Isabel Gargiulo, deberá presentar, a satisfacción de la Secretaría de Economía y Hacienda, un seguro que cubra la responsabilidad civil emergente, asumiendo toda la responsabilidad sobre los hechos que puedan originarse por la permanencia de la baranda construida en la vía pública.

 

ARTICULO 4.- La Municipalidad se reserva el derecho de disponer el retiro de la baranda autorizada cuando razones de interés público así lo aconsejen, sin que tal medida sea causa de reclamos o indemnizaciones de ninguna especie, siendo en tal oportunidad obligación de la autorizada, Sra. María Isabel Gargiulo, la restitución de la vereda al estado original.

 

ARTICULO_5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretario de Gobierno y de  Obras Públicas y Servicios Municipales.

 

ARTICULO_6.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales.- Por Área Tasas de Industrias y Comercios percíbanse los derechos que correspondieren en concepto de ocupación de la vía pública. Intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda respecto a los seguros permanentes a presentar.

D507-4

B491           

Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.

Ing. Carlos O. Fernández Secretario de Obras Públicas y Servicios Municipales

  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 1823/07