MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales
DECRETO 1771/09
TIGRE, 4 de noviembre de 2009.-
VISTO:
Que la Secretaría de Ingresos Públicos propone la vigencia de normativas sobre facilidades de pagos de Tasas Municipales durante los meses de noviembre y diciembre de 2009, y,
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo comparte la mencionada propuesta toda vez que persigue ajustarse a las reales necesidades económicas de los obligados a pago, afectando los recargos generados por la mora y ofreciendo modalidades entre las cuales optar dentro del marco de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Pónese en vigencia desde el 1º de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2009 del Decreto 907/06, mediante el cual se creó un régimen de facilidades de pago y refinanciación de deudas, denominado PLAN CERO.
ARTICULO 2.- Pónese en vigencia desde el 1º de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2009 el Decreto 715/08, sobre régimen de facilidades de pago y refinanciación de deudas correspondientes a las Tasas por Servicios Municipales e Inspección de Seguridad e Higiene denominado “PLAN DOBLE BENEFICIO”.
ARTICULO 3.- Pónese en vigencia desde el 1º de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2009 el Decreto 716/08 a aplicarse sobre los recargos de las deudas vencidas al 31 de diciembre de 2008.-
ARTICULO 4.- Pónese en vigencia desde el 1º de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2009 el Decreto 854/00 sobre régimen de facilidades de pago y refinanciación de deudas de la Tasa por Servicios Municipales.
ARTICULO 5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Ingresos Públicos.
ARTICULO_6.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Ingresos Públicos. Dése amplia difusión.
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1771/09