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Tasas Municipales - Decreto 1729/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Inmobiliarias


DECRETO 1729/99

TIGRE, 6 de diciembre de 1999.-

VISTO:

   Lo normado en el artículo 80 de la Ordenanza Fiscal correspondiente al ejercicio financiero del año 1999, aprobado mediante Ordenanza Nº 2143/98, en el cual se fija el parámetro de la formula polinómica denominado Cr., como coeficiente de reducción del quince por ciento (15%), que textualmente se transcribe:

ARTICULO 80 : Regirá para cada año la valuación total de terminada de acuerdo a la fórmula polinómica que se explica a continuación, según el siguiente detalle:

                 VT = Vc + Vt    
                 VI = VT - Cr
donde
VT: Valuación total
VI: Valuación imponible
Vc: valor unitario de la construcción, según zonificación determinada en el art.7º de la Ordenanza Impositiva  multiplicado por la superficie construida, expresada en metros          cuadrados.
Vt: valor unitario de la tierra según zonificación determinada en el art. 7º de la Ordenanza Impositiva  multiplicada por la superficie del terreno expresado en metros cuadrados.
Cr: Coeficiente de reducción del quince por ciento (15,00%)
     En aquellos casos en que no se cuenten con los elementos necesarios para aplicar la norma precedentemente señalada, se tomará como base imponible, la valuación fiscal de la Provincia de Buenos Aires.

CONSIDERANDO:

   Que la aplicación del mencionado coeficiente provocaba un aumento de la Tasa por Servicios Municipales más allá de lo convalidado en las reuniones previas mantenidas entre el Departamento Ejecutivo y miembros del Honorable Concejo Deliberante.

Que encontrándose el mencionado Cuerpo legislativo en periodo de receso, resulta procedente poner en vigencia la modificación en cuestión mediante decreto, ad referéndum de la posterior convalidación.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Modifícase el art. 80 de la Ordenanza 2143/98, Ordenanza Fiscal para el ejercicio financiero del año 1999, únicamente en lo que respecta al parámetro Cr., el que quedará redactado de la siguiente manera:

Donde dice:
Cr.: Coeficiente de reducción del quince por ciento (15,00%).

Debe decir:
Cr: Coeficiente de reducción del veinte por ciento (20,00%)

ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.-.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cúmplase. Elévese a convalidación del Honorable Concejo Deliberante.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de
Economía y Hacienda. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1729/99