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Inf. Telefonos - Decreto 1715/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I17
Inf. Telefonos


DECRETO 1715/99


TIGRE, 30 de noviembre de 1999

VISTO:

   Que por Decreto 967/94 se reglamentó la colocación e instalación de cabinas para teléfonos públicos en la vía pública o espacios públicos, y, 

CONSIDERANDO:

   Que la libre competencia de las empresas prestatarias, produce que las mismas pretendan instalar cabinas en los lugares de mayor densidad de usuarios, lo que puede traer aparejado un uso indiscriminado de tales espacios.

Que resulta procedente, a los efectos de evitar que se produzcan situaciones como la antes descrita, fijar una distancia mínima a respetar entre cabinas telefónicas en la vía pública, garantizando de esta manera una distribución armónica y eliminando puntos de congestión que van en detrimentos de la totalidad de los usuarios.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Incorpórase al art. 2º Decreto 967/94, los incisos 2.12, 2.13 y 2.14, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

2.12. Prohíbese la instalación de cabinas con teléfonos públicos, en la vía pública, a una distancia inferior a doscientos (200) metros entre sí, por los motivos expuestos precedentemente.

2.13. La Secretaría de Gobierno determinará aquellos lugares que por su particularidad física o densidad de usuarios, admita la excepción a lo regulado en el inciso anterior.

2.14. Desígnase a la Dirección General de Redes Urbanas, dependencia de aplicación del presente reglamento, a cuyos efectos llevará un plano actualizado con los lugares de emplazamiento de cabinas telefónicas en la vía públicas, que permita la inmediata aplicación de los incisos precedentes.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la  Dirección General de Redes Urbanas.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1715/99