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Terrenos Privados - Resolucion 1290/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14
TERRENOS PRIVADOS


RESOLUCIÓN 1290/12

CORRESPONDE EXPTE. 4112-50351/12
TIGRE,  22 junio de 2012

VISTO:

El informe de la Delegación Municipal de Dique Luján dando cuenta de la existencia de predios en estado de abandono y con deuda, Circunscripción IV, Sección J, Manzana 27A, Parcelas 3, encontrándose comprendidos en la Ordenanza 472/64, y,

CONSIDERANDO:
  
Que además de tratarse de un caso de aplicación de la mencionada Ordenanza, la toma de posesión resulta imperativa a los efectos de preservar condiciones de seguridad y salubridad pública.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93
RESUELVE

ARTICULO 1.- Tómase posesión inmediata, en el marco de la Ordenanza 472/64, de los   predios identificados catastralmente como Circunscripción IV Sección J Manzana 27A Parcelas 3, cuentas municipales 7847100.

ARTICULO 2.- Prosígase el trámite dispuesto en el inciso III del Art. 1º del Decreto 1382/95, conforme al siguiente detalle:
1. Por Patrimonio cúmplase los subincisos 1 y 2.
2. Remítase copia a Tasas Inmobiliarias a efectos de cumplir el subinciso 3. 
3. Remítase copia a la Delegación Municipal de Dique Luján, a efectos de cumplir el subinciso 4 y ejecutar todos los actos previstos en la Ordenanza 472/64 y asegurar el cumplimiento de la Ordenanza 672/88.

ARTICULO 3.- Desígnase a la Parroquia “El Salvador del Delta”, del Obispado de San Isidro, cuidadora honorario del inmueble tomada en posesión mediante la presente bajo el régimen de la Ordenanza 472/64, en el marco del Artículo 178, inciso 3, del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”.

ARTICULO 4.- Encomiéndase al escribano público Nicolás Leber la suscripción del acta de constatación exigida por la Ordenanza 472/64. 

ARTICULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Tomen conocimiento el Área Tasas Inmobiliarias, Verificación Impositiva. Intervenga Área Patrimonio. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Dique Luján, quien oportunamente cumplirá con el Art.5º de la Ordenanza 472/64.

R23+
BO.660
10-08-12

Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

RESOLUCIÓN N° 1290/12