MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14
TERRENOS PRIVADOS
RESOLUCIÓN 1290/12
CORRESPONDE EXPTE. 4112-50351/12
TIGRE, 22 junio de 2012
VISTO:
El informe de la Delegación Municipal de Dique Luján dando cuenta de la existencia de predios en estado de abandono y con deuda, Circunscripción IV, Sección J, Manzana 27A, Parcelas 3, encontrándose comprendidos en la Ordenanza 472/64, y,
CONSIDERANDO:
Que además de tratarse de un caso de aplicación de la mencionada Ordenanza, la toma de posesión resulta imperativa a los efectos de preservar condiciones de seguridad y salubridad pública.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93
RESUELVE
ARTICULO 1.- Tómase posesión inmediata, en el marco de la Ordenanza 472/64, de los predios identificados catastralmente como Circunscripción IV Sección J Manzana 27A Parcelas 3, cuentas municipales 7847100.
ARTICULO 2.- Prosígase el trámite dispuesto en el inciso III del Art. 1º del Decreto 1382/95, conforme al siguiente detalle:
1. Por Patrimonio cúmplase los subincisos 1 y 2.
2. Remítase copia a Tasas Inmobiliarias a efectos de cumplir el subinciso 3.
3. Remítase copia a la Delegación Municipal de Dique Luján, a efectos de cumplir el subinciso 4 y ejecutar todos los actos previstos en la Ordenanza 472/64 y asegurar el cumplimiento de la Ordenanza 672/88.
ARTICULO 3.- Desígnase a la Parroquia “El Salvador del Delta”, del Obispado de San Isidro, cuidadora honorario del inmueble tomada en posesión mediante la presente bajo el régimen de la Ordenanza 472/64, en el marco del Artículo 178, inciso 3, del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”.
ARTICULO 4.- Encomiéndase al escribano público Nicolás Leber la suscripción del acta de constatación exigida por la Ordenanza 472/64.
ARTICULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Tomen conocimiento el Área Tasas Inmobiliarias, Verificación Impositiva. Intervenga Área Patrimonio. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Dique Luján, quien oportunamente cumplirá con el Art.5º de la Ordenanza 472/64.
R23+
BO.660
10-08-12
Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 1290/12