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Habilitaciones - Decreto 1619/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3 
Habilitaciones


DECRETO 1619/99


TIGRE, 11 de noviembre de 1999.-


VISTO:

   Los cambios urbanos producidos en el área determinada por el Acceso a Tigre de Avda. de las Naciones Unidas, con los nuevos emplazamiento correspondientes a las obras públicas y privadas que dieran origen a un nuevo tejido urbano, con características propias de un alto crecimiento edilicio y de uso de la tierra, y,

CONSIDERANDO:

   Que se encuentra en estudio no sólo el perfil urbano sino las características de uso que respondan al crecimiento antes mencionado, agregándose al área de UE (USO ESPECIFICO) determinada por el Código de Zonificación Ordenanza 1894/96,  la comprendida entre las calles Mitre, vías del ferrocarril, Sarmiento, Pizarro, Montes de Oca, Morales.
   Que  la idea rectora que dio origen al Código de Zonificación Ordenanza 1894/96, contiene la flexibilidad necesaria para que la norma se adecue al crecimiento y modificaciones que a diario se producen.
Que mientras ello se produce, es necesario suspender toda decisión sobre nuevas radicaciones comerciales, excepto los rubros relacionados al servicio de comidas, a los efectos de garantizar que la resultante del estudio no se vea desvirtuada.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Suspéndese por el plazo de seis (6) meses, toda habilitación automática, trámite y funcionamiento sin habilitación, de comercios con rubros no relacionados con el servicio de comidas, en el área comprendida en la zona UE de planta urbana, (excepto el perímetro del Mercado de Frutos de Tigre),  y las calles Mitre, vías del ferrocarril, Sarmiento, Pizarro, Montes de Oca, Morales.

ARTICULO 2.- Todo trámite comprendido en la suspensión dispuesta por el artículo anterior, será tratado por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, Ordenanza 1894/96, 

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase. Intervenga la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, Ordenanza 1894/96.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1619/99