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Urbanismo - Decreto 1548/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo


DECRETO 1548/06

TIGRE, 29 de mayo de 2006.-

VISTO:

Que por Decreto 948/05 se fijó, con carácter reglamentario de las normas de estacionamiento contenidas en la Ordenanza 1894/96, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, que deberá preverse un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de vivienda, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96,  que seguidamente se transcribe:

TIGRE, 03 de mayo de 2006.- VISTO:  Que por acta del 11 de marzo de 2005, se propuso al D.E., dictar Decreto estableciendo, con carácter reglamentario de las previsiones  sobre estacionamiento de vehículos contenidas en la Ordenanza 1894/96 “Código de Planeamiento del Partido de Tigre”, que para las zonas Tc y Tr,  la cantidad mínima de unidades de estacionamiento es del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de viviendas, y, CONSIDERANDO: Que en concordancia con dicha propuesta, se dictó el Decreto 948/05, cuyo artículo 1º dice: ARTICULO_1.- Fíjase, con carácter reglamentario de las normas de estacionamiento contenidas en la Ordenanza 1894/96, y por los motivos expuestos precedentemente, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, que deberá preverse un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de vivienda. Que de los estudios posteriores surge que en la misma situación se encuentran las zonas R1, R4 y R6. Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE: Proponer al Departamento Ejecutivo, por los motivos expuestos precedentemente, extender las medidas dispuestas por Decreto 948/05, a las zonas R1, R4 y R6.-
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Extiéndese, por los motivos expuestos precedentemente, los alcances del Decreto 948/05, a las zonas R1, R4 y R6.-

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1548/06

 

DECRETO 948/05

TIGRE, 30 de marzo de 2005.-

VISTO:

El estudio efectuado sobre los requisitos de estacionamiento para las zonas Tc y Tr, y, 

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96,  que seguidamente se transcribe:

TIGRE, 11 de marzo de 2005.- VISTO:   Los estudios realizados de las zonas urbanas del Partido de Tigre, y, CONSIDERANDO: Que como resultado de los mismos corresponde establecer que la cantidad mínima de unidades de estacionamiento, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, es del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de viviendas. Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE: Proponer al Departamento Ejecutivo dictar Decreto estableciendo, con carácter reglamentario de las previsiones  sobre estacionamiento de vehículos contenidas en la Ordenanza 1894/96 “Código de Planeamiento del Partido de Tigre”, que para las zonas Tc y Tr,  la cantidad mínima de unidades de estacionamiento es del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de viviendas.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.  Arq. Guillermo Zwanck, Subsecretario de Obras Públicas. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Fíjase, con carácter reglamentario de las normas de estacionamiento contenidas en la Ordenanza 1894/96, y por los motivos expuestos precedentemente, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, que deberá preverse un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de vivienda.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 948/05