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Habilitaciones - Decreto 1502/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3 
Habilitaciones de Comercio


DECRETO 1502/03

TIGRE, 1º de diciembre de 2003.-


VISTO:

Que en el Artículo 1º de la Ordenanza 2548/03 se fijan las condiciones de funcionamiento para dicho rubro remitiéndose a lo preceptuado por el artículo 78 de la Ordenanza 1894/96 y Ordenanza 237/85, respecto de lo establecido para los juegos electrónicos, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza 237/85 fue concebida y ajustado sus preceptos sobre la base de la problemática que revestían los denominados juegos electrónicos y/o videojuegos en esa época.

Que en vista de la sanción de la Ordenanza 2548/03 deviene necesario reglamentar todo el plexo normativo en la materia adaptándolo a la realidad actual que presentan los juegos en red, los cuales registran características distintas de los denominados videojuegos y/o juegos electrónicos, todo ello con el fin de armonizar el normal funcionamiento de las distintas actividades.

Que a tal fin y cuando el rubro se conforme exclusivamente por la interacción de computadores personales en alquiler no resultarían aplicables los preceptos de la Ordenanza 237/85, siendo pertinentes las condiciones básicas de funcionamiento establecidas en los puntos a), b), c) y d) de la Ordenanza 2548/03.

Por el contrario, cuando la actividad resulte compartida por los rubros de juegos electrónicos y juegos en red por computadora serán de aplicación la Ordenanza 237/85 y el artículo 78 de la Ordenanza 1894/96, conjuntamente con los preceptos aplicables de la Ordenanza 2548/03.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Reglaméntase, para su interpretación y funcionamiento, la Ordenanza 2548/03, la cual será operativa de la siguiente forma:
a) Para los establecimientos que registren como única actividad el desarrollo de “juegos en red” por computadoras, será de aplicación los requisitos básicos contemplados en  los incisos a), b) c) y d) del artículo 1º de la Ordenanza 2548/03.
b) Para los establecimientos que registren actividades compartidas de “juegos en red” por computadora con videojuegos o juegos electrónicos, será de aplicación en lo pertinente lo establecidos por las Ordenanzas 2548/03, 237/85 y artículo 78 de la Ordenanza 1894/96.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría de Inspección General.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1502/03